Comunes / Objetivo 2.1: Test CAP Viajeros – 1
Comunes: Objetivo 2.1
1 ¿Cada cuánto tiempo debe seguirse un curso de formación continua para la renovación de la tarjeta de cualificación del conductor?
Cod: 29
Norma: RD 284/2021 Art. 7
La respuesta correcta es al menos cada 5 años porque según la normativa europea, los conductores profesionales deben seguir un curso de formación continua de al menos 35 horas cada 5 años para renovar su tarjeta de cualificación del conductor. Esto se hace para asegurar que los conductores estén actualizados en cuanto a las normativas y técnicas de conducción, y para mejorar la seguridad en las carreteras.
Comunes: Objetivo 2.1
2 ¿Cómo pueden demostrar los conductores profesionales de otros países, que efectúen transportes en España, que cumplen los requisitos de formación y cualificación exigidos por la normativa?
Cod: 50
Norma: RD 284/2021 Art. 20
La respuesta correcta es "Todas las respuestas anteriores son correctas" porque existen varias formas en las que los conductores profesionales de otros países pueden demostrar que cumplen con los requisitos de formación y cualificación exigidos por la normativa española. Estas formas incluyen la presentación de un certificado de aptitud profesional emitido por otro Estado miembro de la Unión Europea, la presentación de un certificado de aptitud profesional emitido por un tercer país que haya sido reconocido por España, o la realización de un examen de aptitud profesional en España.
Comunes: Objetivo 2.1
3 ¿Cómo puede realizarse el curso de formación continua para la renovación de la tarjeta de cualificación del conductor?
Cod: 59
Norma: RD 284/2021 Art. 7
La respuesta correcta se debe a que la formación continua para la renovación de la tarjeta de cualificación del conductor debe realizarse en cursos de al menos 35 horas de duración, pero estos cursos pueden ser divididos en períodos discontinuos siempre que se impartan por una misma empresa autorizada y dentro de un mismo año natural. Además, cada uno de estos períodos debe tener una duración mínima de 7 horas y pueden ser divididos en dos días consecutivos para facilitar la asistencia de los conductores. De esta manera, se asegura que los conductores mantengan sus conocimientos actualizados y cumplan con los requisitos legales para seguir conduciendo vehículos de transporte de mercancías o pasajeros.
Comunes: Objetivo 2.1
4 ¿Cómo se considera en la normativa de transporte el exceso superior al 50 % en los tiempos máximos de conducción diaria?
Cod: 65
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.37
La respuesta es correcta porque según la normativa de transporte, el exceso superior al 50% en los tiempos máximos de conducción diaria se considera una falta muy grave. Esto significa que el conductor o la empresa de transporte que cometa esta infracción puede enfrentar sanciones graves, como multas elevadas, la retirada del permiso de conducción o la suspensión de la licencia de transporte. Además, esta infracción puede poner en riesgo la seguridad vial y la integridad física de los conductores y otros usuarios de la carretera. Por lo tanto, es importante que los conductores y las empresas de transporte cumplan estrictamente con los tiempos máximos de conducción diaria establecidos por la normativa de transporte.
Comunes: Objetivo 2.1
5 ¿Cómo se considera la carencia del aparato de control de los tiempos de conducción y descanso en un vehículo obligado a su utilización?
Cod: 66
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.20
La carencia del aparato de control de los tiempos de conducción y descanso en un vehículo obligado a su utilización es considerada una falta muy grave porque es una infracción grave a la normativa de seguridad vial y de transporte. Este aparato es esencial para garantizar la seguridad en carretera y evitar la fatiga del conductor, lo que puede poner en peligro la vida de los ocupantes del vehículo y de otros usuarios de la vía. Además, su uso es obligatorio por ley en determinados vehículos y su falta puede ser sancionada con multas elevadas y la retirada del permiso de conducción.
Comunes: Objetivo 2.1
6 ¿Cómo define la normativa comunitaria el tiempo diario de conducción?
Cod: 69
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 4.k
La normativa comunitaria establece que el tiempo diario de conducción no puede exceder de 9 horas, y que en un período de dos semanas consecutivas, el tiempo de conducción no puede superar las 90 horas. Además, se establecen períodos de descanso obligatorios para los conductores profesionales. La respuesta correcta indica que el tiempo diario de conducción se mide en función del tiempo acumulado entre dos descansos diarios o entre un descanso diario y un descanso semanal, lo que garantiza que los conductores profesionales tengan suficiente tiempo de descanso para evitar la fatiga y garantizar la seguridad en la carretera.
Comunes: Objetivo 2.1
7 ¿Cómo se denomina al certificado que acredita que un conductor ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial de los conductores?
Cod: 72
Norma: RD 284/2021 Art. 3
La respuesta correcta es Certificado de aptitud profesional (CAP) porque es el nombre oficial del certificado que acredita que un conductor ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial de los conductores en España. Este certificado es obligatorio para todos los conductores profesionales que deseen trabajar en el transporte de mercancías o de viajeros por carretera.
Comunes: Objetivo 2.1
8 Los datos que registra un tacógrafo analógico son recogidos en unos documentos llamados:
Cod: 117
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 2.2 e
Los datos que registra un tacógrafo analógico se almacenan en un disco de papel que gira a medida que el vehículo se mueve. Estos datos se registran en forma de gráficos y se pueden leer en el disco. Para cumplir con las regulaciones de la UE, los conductores deben completar hojas de registro que muestren los datos del tacógrafo analógico. Estas hojas de registro deben ser presentadas a las autoridades en caso de una inspección. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta es "hojas de registro".
Comunes: Objetivo 2.1
9 ¿Qué indicaciones deberá llevar impresas cada hoja de registro o disco-diagrama de tacógrafo analógico?
Cod: 327
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Anexo I, IV.c)
La respuesta correcta es porque el tacógrafo analógico registra la velocidad del vehículo en un disco-diagrama, y este disco-diagrama debe llevar impreso el límite superior de la velocidad registrable en km/h para que el conductor pueda saber si está excediendo los límites legales de velocidad. Además, esta información es importante para las autoridades encargadas de la regulación del transporte, ya que les permite verificar si el conductor ha cumplido con los límites de velocidad establecidos.
Comunes: Objetivo 2.1
10 ¿Qué norma interna española regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera?
Cod: 356
Norma: RD 284/2021 Art. 1
La respuesta es correcta porque el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, establece las normas para la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera en España. Este decreto es la norma interna española que regula la formación y cualificación de los conductores de vehículos de transporte por carretera y es la que se aplica en el examen para obtener el certificado de aptitud profesional (CAP) en España.
Comunes: Objetivo 2.1
11 ¿Qué período de validez tiene la tarjeta de tacógrafo de conductor?
Cod: 362
Norma: OM FOM/1190/2005 Art. 5
La tarjeta de tacógrafo de conductor es un documento que registra la actividad del conductor y su cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso establecidos por la ley. La validez de la tarjeta es de cinco años, ya que es el período máximo permitido por la normativa europea. Después de este tiempo, el conductor debe renovar su tarjeta para poder seguir conduciendo legalmente. La renovación de la tarjeta implica una revisión médica y la presentación de la documentación necesaria para demostrar que el conductor sigue cumpliendo los requisitos necesarios para ejercer su profesión.
Comunes: Objetivo 2.1
12 El tacógrafo analógico registra datos acerca del conductor y del vehículo en:
Cod: 427
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 2.2 e
El tacógrafo analógico es un dispositivo que se utiliza para registrar la actividad del conductor y del vehículo, como la velocidad, la distancia recorrida y el tiempo de conducción. Estos datos se registran en hojas de registro o discos-diagrama, que son documentos físicos que se deben mantener durante un período de tiempo determinado. Estos documentos son importantes para garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad vial y para evitar infracciones y sanciones. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta es que el tacógrafo analógico registra datos en hojas de registro o discos-diagrama.
Comunes: Objetivo 2.1
13 ¿Se considera una infracción no llevar insertada la tarjeta de conductor en el tacógrafo cuando ello resulte exigible?
Cod: 461
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.22
La tarjeta de conductor es un elemento esencial para el correcto funcionamiento del tacógrafo, ya que permite registrar la actividad del conductor y garantizar el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso establecidos por la normativa europea. Por tanto, no llevar insertada la tarjeta de conductor en el tacógrafo cuando ello resulte exigible implica una falta grave de responsabilidad y compromiso con la seguridad vial, lo que puede poner en riesgo la integridad física de los ocupantes del vehículo y de otros usuarios de la vía. Por esta razón, se considera una infracción muy grave y puede ser sancionada con multas y la retirada del permiso de conducir.
Comunes: Objetivo 2.1
14 ¿Se considera una infracción no llevar insertada la hoja de registro o disco-diagrama en el tacógrafo cuando ello resulte exigible?
Cod: 462
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.22
La hoja de registro o disco-diagrama es un documento que registra la actividad del conductor y el vehículo durante un período de tiempo determinado. Su uso es obligatorio en ciertas circunstancias, como en el transporte de mercancías por carretera. No llevar insertada la hoja de registro o disco-diagrama en el tacógrafo cuando sea exigible significa que no se está cumpliendo con la normativa de registro de la actividad del conductor y del vehículo, lo que puede dificultar la supervisión y el control de la seguridad vial. Por lo tanto, se considera una infracción muy grave y puede ser sancionada con multas y la retirada del permiso de conducir.
Comunes: Objetivo 2.1
15 En un vehículo provisto de tacógrafo digital, el conductor deberá estar en disposición de presentar a los agentes de control, referido al día en curso y los 28 días anteriores:
Cod: 564
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 36.2
La pregunta no proporciona opciones de respuesta específicas, por lo que no se puede determinar una respuesta correcta sin más información. Sin embargo, es probable que las opciones de respuesta incluyan cosas como el registro de tiempos de conducción y descanso, los datos del vehículo y la identificación del conductor. Todas estas son cosas que un conductor debe estar en disposición de presentar a los agentes de control en un vehículo provisto de tacógrafo digital.
Comunes: Objetivo 2.1
16 La realización de transportes de animales vivos entre granjas, mercados locales y mataderos, en una distancia no superior a 100 km en línea recta entre origen y destino del transporte, está:
Cod: 647
Norma: RD 640/2007 Art. 2.h
La respuesta correcta se debe a que, según la normativa europea, los transportes de animales vivos que se realizan en una distancia no superior a 100 km en línea recta entre origen y destino del transporte están exentos del uso del tacógrafo. Esta exención se aplica siempre y cuando el transporte se realice dentro del mismo país y no se supere el tiempo máximo de conducción diaria establecido por la normativa. Además, es importante destacar que este tipo de transporte está sujeto a una regulación específica en cuanto a las condiciones de transporte y bienestar animal.
Comunes: Objetivo 2.1
17 Conducción semanal es el tiempo acumulado total de conducción durante una semana. ¿A partir de qué momento se contabiliza ese tiempo?
Cod: 793
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 4
La respuesta correcta es desde las cero horas del lunes hasta las 24 horas del domingo porque así se establece en la normativa europea sobre tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales. Esta normativa establece que el período de referencia para el cálculo de los tiempos de conducción y descanso es de siete días consecutivos, y que este período comienza a las cero horas del primer día y termina a las 24 horas del séptimo día. Por lo tanto, el tiempo de conducción semanal se contabiliza desde el inicio de este período de referencia hasta su finalización.
Comunes: Objetivo 2.1
18 De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, ¿a qué concepto se refiere la expresión "el período de tiempo comprendido entre las 00.00 del lunes y las 24.00 del domingo"?
Cod: 833
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 4
La respuesta correcta es semana porque el Reglamento (CE) 561/2006 establece que el tiempo de conducción y descanso de los conductores profesionales debe ser controlado en períodos semanales. El período de tiempo comprendido entre las 00.00 del lunes y las 24.00 del domingo es el período semanal en el que se deben cumplir las normas de conducción y descanso establecidas en el reglamento. Por lo tanto, es importante que los conductores profesionales estén familiarizados con este concepto para cumplir con las regulaciones y evitar sanciones.
Comunes: Objetivo 2.1
19 De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, ¿a qué concepto se refiere la expresión "el tiempo acumulado total de conducción entre el final de un período de descanso diario y el principio del siguiente período de descanso diario o un período de descanso d
Cod: 834
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 4
La expresión se refiere al tiempo total de conducción que un conductor puede acumular entre dos períodos de descanso diario. Según el Reglamento (CE) 561/2006, el tiempo máximo de conducción diaria es de 9 horas, y este tiempo se puede acumular entre dos períodos de descanso diario. Por lo tanto, la respuesta correcta es "tiempo diario de conducción".
Comunes: Objetivo 2.1
20 Después de un período de conducción de 4 horas y media, el conductor debe efectuar una pausa de, al menos:
Cod: 856
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 7
La respuesta correcta es 45 minutos porque según la normativa europea, después de un período de conducción de 4 horas y media, el conductor debe realizar una pausa de al menos 45 minutos. Esta pausa es obligatoria para garantizar la seguridad en carretera y evitar la fatiga del conductor. Además, durante la pausa, el conductor debe descansar y realizar actividades que no impliquen esfuerzo físico o mental, como caminar o estirarse.
Comunes: Objetivo 2.1
21 El tacógrafo digital cambiará de modo de funcionamiento según:
Cod: 875
Norma: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85 Anexo IB, II.3
El tacógrafo digital es un dispositivo que registra la actividad del conductor y del vehículo, y su modo de funcionamiento depende de las tarjetas de tacógrafo válidas que se inserten en los dispositivos de interfaz. Estas tarjetas son emitidas por las autoridades competentes y contienen información sobre el conductor y el vehículo, así como los límites de tiempo de conducción y descanso. Al insertar una tarjeta válida en el dispositivo de interfaz, el tacógrafo digital se ajusta automáticamente a los límites de tiempo y registra la actividad del conductor y del vehículo de acuerdo con las normas y regulaciones aplicables. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta es que el tacógrafo digital cambiará de modo de funcionamiento según las tarjetas de tacógrafo válidas que se inserten en los dispositivos de interfaz.
Comunes: Objetivo 2.1
22 El certificado de aptitud profesional y la tarjeta de cualificación de conductor se consideran necesarios para aquellos conductores de vehículos que necesiten estar en posesión de los permisos de conducir:
Cod: 887
Norma: RD 284/2021 Art. 1
La respuesta B es "para conducir vehículos de transporte de mercancías por carretera con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg" y la respuesta C es "para conducir vehículos de transporte de viajeros con más de 9 plazas incluyendo el conductor". Ambas respuestas son correctas porque según la normativa española, los conductores que manejen vehículos de transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg y vehículos de transporte de viajeros con más de 9 plazas incluyendo el conductor, deben estar en posesión del CAP y la tarjeta de cualificación de conductor.
Comunes: Objetivo 2.1
23 El exceso de 45 minutos sobre los tiempos máximos de conducción diarios, ¿qué tipo de infracción se considera?
Cod: 918
Norma: Ley 16/1987 Art. 142.17
La respuesta correcta es leve porque según la normativa española, el exceso de 45 minutos sobre los tiempos máximos de conducción diarios se considera una infracción leve, que conlleva una sanción económica de hasta 200 euros. Sin embargo, si el exceso supera los 2 horas, la infracción se considera grave y la sanción económica puede llegar hasta los 500 euros. Es importante respetar los tiempos máximos de conducción diarios para garantizar la seguridad en las carreteras y evitar la fatiga del conductor.
Comunes: Objetivo 2.1
24 Un exceso de una hora y media sobre el tiempo máximo de conducción diaria, ¿qué tipo de infracción se considera?
Cod: 920
Norma: Ley 16/1987 Art. 141.24
La respuesta es correcta porque según la normativa española, el tiempo máximo de conducción diaria para conductores profesionales es de 9 horas, y un exceso de una hora y media sobre este límite se considera una infracción grave, sancionable con una multa de hasta 500 euros. Esto se debe a que la fatiga y el cansancio pueden afectar negativamente la seguridad en la carretera, aumentando el riesgo de accidentes. Por lo tanto, es importante que los conductores profesionales respeten los límites de conducción y descanso para garantizar su propia seguridad y la de los demás usuarios de la vía.
Comunes: Objetivo 2.1
25 El período de conducción bisemanal no puede exceder de:
Cod: 940
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 6.3
La respuesta correcta es 90 horas porque según la normativa europea de tiempos de conducción y descanso (Reglamento (CE) nº 561/2006), el período de conducción bisemanal no puede exceder de 90 horas en un período de dos semanas consecutivas. Además, durante este período, el conductor debe tomar al menos dos descansos semanales normales de al menos 45 horas cada uno, o un descanso semanal normal y un descanso semanal reducido de al menos 24 horas. Estas medidas tienen como objetivo garantizar la seguridad vial y la salud de los conductores profesionales.
Comunes: Objetivo 2.1
26 La normativa vigente establece que, como norma general, el período de conducción diario no puede exceder de:
Cod: 941
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 6.1
La respuesta correcta es 9 horas porque así lo establece la normativa europea sobre tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales. Esta normativa tiene como objetivo garantizar la seguridad vial y la salud de los conductores, evitando la fatiga y el cansancio excesivo al volante. Además, la normativa establece también otros límites, como el período máximo de conducción semanal (56 horas) y el tiempo mínimo de descanso diario (11 horas).
Comunes: Objetivo 2.1
27 El período de conducción semanal no puede exceder de:
Cod: 942
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 6.2
La respuesta correcta es 56 horas porque según la normativa europea de tiempos de conducción y descanso (Reglamento (CE) nº 561/2006), el período de conducción semanal no puede exceder de 56 horas en un período de 7 días consecutivos. Además, el conductor debe tomar un descanso semanal regular de al menos 45 horas consecutivas, que puede reducirse a 24 horas cada dos semanas. Es importante que los conductores respeten estos límites para garantizar su seguridad y la de los demás usuarios de la carretera.
Comunes: Objetivo 2.1
28 El tacógrafo es obligatorio con carácter general, salvo en autobuses de líneas regulares con recorrido:
Cod: 960
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 3
La respuesta correcta es igual o inferior a 50 kilómetros porque según la normativa española, los autobuses de líneas regulares con recorrido inferior a 50 kilómetros no están obligados a llevar tacógrafo. Esto se debe a que se considera que estos recorridos son de corta distancia y no requieren de un control tan exhaustivo de los tiempos de conducción y descanso del conductor. Sin embargo, en caso de que el recorrido supere los 50 kilómetros, el tacógrafo sí sería obligatorio.
Comunes: Objetivo 2.1
29 En caso de avería o mal funcionamiento del tacógrafo digital, el aparato será:
Cod: 985
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 37.1
La respuesta correcta se basa en la regulación establecida en el Reglamento (CE) nº 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece las normas de tiempo de conducción y descanso en el transporte por carretera. Según este reglamento, si el tacógrafo digital se avería o funciona mal, el conductor debe intentar repararlo lo antes posible. Si la reparación no es posible en el camino y el regreso a los locales de la empresa va a tardar más de una semana desde el día de la avería, el conductor debe registrar los datos de conducción y descanso en un registro manual y entregarlo a la empresa al final del viaje. Esto se debe a que el tacógrafo es un dispositivo obligatorio para registrar el tiempo de conducción y descanso de los conductores, y su mal funcionamiento puede afectar la
Comunes: Objetivo 2.1
30 ¿A qué conductores no es de aplicación lo relativo al certificado de aptitud profesional (CAP)?
Cod: 1085
Norma: RD 284/2021 Art. 2
La razón por la cual los conductores de vehículos que desarrollen una velocidad máxima autorizada inferior a 45 kilómetros por hora no necesitan el certificado de aptitud profesional (CAP) es porque este certificado se requiere para los conductores de vehículos de transporte de mercancías o de viajeros cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg o que estén diseñados y construidos para transportar a más de nueve personas, incluido el conductor, y cuya velocidad máxima autorizada sea superior a 45 km/h. Por lo tanto, los conductores de vehículos que no cumplan con estas características no necesitan el CAP.
Comunes: Objetivo 2.1
31 ¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
Cod: 1088
Norma: RD 284/2021 Art. 2
Porque los conductores que realizan las clases prácticas y los exámenes para obtener el permiso de conducción no están realizando un transporte comercial de mercancías o pasajeros, sino que están en un proceso de aprendizaje y evaluación. Por lo tanto, no se requiere el certificado de aptitud profesional (CAP) para estas actividades. Sin embargo, si durante estas actividades se realiza un transporte comercial, entonces sí se requeriría el CAP.
Comunes: Objetivo 2.1
32 ¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
Cod: 1090
Norma: RD 284/2021 Art. 2
Porque los conductores que se encuentran en proceso de obtener su permiso de conducción o certificado de aptitud profesional están realizando actividades de aprendizaje y no están realizando un transporte comercial de mercancías o pasajeros. Por lo tanto, no se requiere el CAP para estas actividades. Sin embargo, es importante destacar que si durante estas actividades se realiza un transporte comercial, entonces sí se requeriría el certificado de aptitud profesional.
Comunes: Objetivo 2.1
33 En relación con la convocatoria y realización de exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP), ¿cuál de las siguientes afirmaciones es falsa?
Cod: 1097
Norma: RD 284/2021 Art. 17
La afirmación es falsa porque, según la normativa actual, los aspirantes tienen un plazo máximo de seis meses para realizar el examen después de haber finalizado el curso de formación. Por lo tanto, la afirmación de que el plazo es de tres meses es incorrecta.
Comunes: Objetivo 2.1
34 ¿Qué conductores están exentos de la obligación de cualificación inicial para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP)?
Cod: 1100
Norma: RD 284/2021 3
La respuesta correcta se debe a que antes del 11 de septiembre de 2009, los conductores que obtenían el permiso C+E (permiso de conducción de vehículos articulados) ya estaban capacitados para realizar transporte de mercancías por carretera y no necesitaban realizar la cualificación inicial para obtener el certificado de aptitud profesional (CAP). Sin embargo, a partir de esa fecha, todos los conductores que quieran realizar transporte de mercancías o de viajeros por carretera deben realizar la cualificación inicial y obtener el CAP.
Comunes: Objetivo 2.1
35 Los transportes de envíos postales en vehículos o conjuntos de vehículos de una MMA no superior a 7,5 toneladas dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor de la empresa, si la conducción no es la actividad principal del conductor:
Cod: 1105
Norma: RD 640/2007 Art. 2.b
La respuesta correcta se debe a que, según la normativa europea, los vehículos de transporte de mercancías con una MMA no superior a 7,5 toneladas que se utilizan para realizar envíos postales dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor de la empresa, y en los que la conducción no es la actividad principal del conductor, están exentos del uso del tacógrafo. Esta exención se aplica siempre y cuando el transporte se realice dentro del territorio nacional y no se realice transporte internacional.
Comunes: Objetivo 2.1
36 Los transportes de mercancías de carácter privado complementario, realizados en el marco de su propia actividad empresarial por empresas forestales que se desarrollen íntegramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la emp
Cod: 1107
Norma: RD 640/2007 Art. 2.e
La razón por la cual las empresas forestales que se desarrollan íntegramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa están exentas de llevar instalado tacógrafo es porque se considera que realizan transportes de carácter privado complementario, es decir, que no se dedican exclusivamente al transporte de mercancías, sino que es una actividad complementaria a su actividad principal. Además, al tratarse de un radio de 100 kilómetros, se considera que se trata de un ámbito local y no de larga distancia, por lo que no es necesario el uso del tacógrafo para controlar los tiempos de conducción y descanso.
Comunes: Objetivo 2.1
37 Los transportes que tengan por objeto llevar a las granjas recipientes de leche o productos lácteos destinados a la alimentación del ganado, siempre que se desarrollen íntegramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la em
Cod: 1118
Norma: RD 640/2007 Art. 2.g
La respuesta correcta es que están exentos de utilizar tacógrafo porque se considera que este tipo de transporte se realiza en un ámbito local y no implica largas distancias ni tiempos de conducción prolongados, por lo que no se considera necesario el control de los tiempos de conducción y descanso mediante el tacógrafo. Además, se entiende que este tipo de transporte se realiza con vehículos de pequeña capacidad y no supone un riesgo para la seguridad vial.
Comunes: Objetivo 2.1
38 Si, en una inspección en carretera, el conductor se niega a entregar los discos-diagrama obligados a llevar en el vehículo al agente de control, ¿qué tipo de infracción estaría cometiendo?
Cod: 1285
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.12
La razón por la cual la respuesta correcta es una infracción muy grave por obstrucción es porque los discos-diagrama son un elemento obligatorio en el vehículo para controlar el tiempo de conducción y descanso del conductor. Si el conductor se niega a entregarlos durante una inspección, está obstruyendo la labor del agente de control y poniendo en riesgo la seguridad vial al no cumplir con las normas de descanso y conducción establecidas. Por lo tanto, se considera una infracción muy grave.
Comunes: Objetivo 2.1
39 Si, en una inspección en carretera, el conductor impide el control del tacógrafo, ¿qué tipo de infracción estaría cometiendo?
Cod: 1314
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.12
La respuesta correcta es una infracción de carácter muy grave porque el tacógrafo es un dispositivo obligatorio que registra la actividad del conductor y el tiempo de conducción. Si el conductor impide el control del tacógrafo, está incumpliendo con la normativa de seguridad vial y poniendo en riesgo la seguridad de los demás usuarios de la carretera. Además, esta acción puede ser considerada como una forma de fraude en el registro de las horas de conducción y descanso, lo que puede llevar a sanciones económicas y a la retirada del permiso de conducir. Por lo tanto, se considera una infracción muy grave.
Comunes: Objetivo 2.1
40 De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, el período diario durante el cual el conductor puede disponer libremente de su tiempo es:
Cod: 1367
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 4
La respuesta correcta es de descanso diario porque según el Reglamento (CE) 561/2006, el conductor debe tener un período de descanso diario de al menos 11 horas consecutivas. Durante este tiempo, el conductor puede disponer libremente de su tiempo y no está obligado a realizar ninguna actividad relacionada con su trabajo. Es importante que los conductores cumplan con este período de descanso diario para garantizar su seguridad y la de los demás usuarios de la carretera.
Comunes: Objetivo 2.1
41 Un transporte realizado por un vehículo exclusivamente dedicado a la prestación de servicios que se desarrollan íntegramente en un recinto cerrado, en el que se realizan actividades distintas del transporte por carretera, tales como puertos, aeropuertos y
Cod: 1418
Norma: RD 640/2007 Art. 2.o
La respuesta correcta se debe a que el transporte que se realiza íntegramente dentro de un recinto cerrado, como un puerto o aeropuerto, no se considera transporte por carretera y, por lo tanto, no está sujeto a las regulaciones de tiempo de conducción y descanso establecidas por la Unión Europea. Por lo tanto, no es necesario llevar instalado o usar el tacógrafo en este tipo de transporte.
Comunes: Objetivo 2.1
42 Un vehículo de transporte de mercancías con una MMA de 3 toneladas:
Cod: 1431
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 2.1.a
La respuesta correcta a esta pregunta es incorrecta. Un vehículo de transporte de mercancías con una MMA de 3 toneladas no está exento de llevar instalado un tacógrafo. En España, los vehículos de transporte de mercancías con una MMA superior a 3,5 toneladas deben llevar instalado un tacógrafo para registrar el tiempo de conducción y descanso del conductor. Además, los vehículos de transporte de mercancías con una MMA inferior a 3,5 toneladas también deben llevar instalado un tacógrafo si se utilizan para transportar mercancías de forma comercial a más de 50 km de su base.
Comunes: Objetivo 2.1
43 El tacógrafo garantiza a las autoridades:
Cod: 1448
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 1
El tacógrafo es un dispositivo que se utiliza en los vehículos de transporte para registrar la actividad del conductor, incluyendo el tiempo de conducción, los descansos y las pausas. Esto permite a las autoridades controlar el cumplimiento de las normas en materia social en el sector del transporte, como los tiempos de conducción y descanso, la velocidad y la seguridad en la carretera. Por lo tanto, la respuesta correcta es que el tacógrafo garantiza un control eficaz de las normas en materia social en el sector del transporte.
Comunes: Objetivo 2.1
44 ¿Qué información debe facilitar el tacógrafo analógico de cada conductor?
Cod: 1449
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 2.2 a
El tacógrafo analógico es un dispositivo que registra la actividad del conductor y del vehículo durante un período de tiempo determinado. Esta información se utiliza para controlar el cumplimiento de las normas de conducción y descanso, y para garantizar la seguridad en las carreteras.Los distintos periodos de actividad que se registran en el tacógrafo analógico son: conducción, trabajo, disponibilidad y descanso. Cada uno de estos periodos tiene una duración máxima y unas normas específicas que deben cumplirse.Por lo tanto, la información que debe facilitar el tacógrafo analógico de cada conductor son los datos de los distintos periodos de actividad, para que se pueda comprobar que se han cumplido las normas establecidas y se ha garantizado la seguridad en la carretera.
Comunes: Objetivo 2.1
45 ¿Quién es el responsable de que funcione y se utilice correctamente el tacógrafo?
Cod: 1450
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 32.1
Porque el empresario es responsable de proporcionar y mantener en buen estado los tacógrafos instalados en los vehículos de su flota, así como de asegurarse de que los conductores los utilicen correctamente y cumplan con las normativas establecidas. Por otro lado, los conductores también son responsables de utilizar el tacógrafo de manera adecuada y de registrar correctamente sus tiempos de conducción y descanso. En resumen, tanto el empresario como los conductores tienen una responsabilidad compartida en el correcto funcionamiento y uso del tacógrafo.
Comunes: Objetivo 2.1
46 ¿Un tacógrafo puede estar homologado por cualquier Estado?
Cod: 1544
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 12
La respuesta correcta es porque la homologación de los tacógrafos está regulada por la legislación europea, en concreto por el Reglamento (CE) nº 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera. Este reglamento establece los requisitos técnicos que deben cumplir los tacógrafos y establece que los Estados miembros deben homologar los modelos de tacógrafos que cumplan con dichos requisitos. Por lo tanto, un tacógrafo homologado por un Estado miembro de la Unión Europea es válido en todos los demás Estados miembros.
Comunes: Objetivo 2.1
47 Los vehículos exentos del uso del tacógrafo, ¿tienen que usarlo en los recorridos en vacío que necesariamente realicen antes o después del servicio en el que están exentos?
Cod: 1753
Norma: RD 640/2007 Art. 2
Los vehículos exentos del uso del tacógrafo están exentos en todo momento, tanto en los recorridos en vacío como en los servicios en los que están exentos. Por lo tanto, nunca tienen que usar el tacógrafo.
Comunes: Objetivo 2.1
48 ¿Quién es responsable de que se respeten las normas de tiempos de conducción y descanso?
Cod: 1757
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 10.4
La respuesta correcta se debe a que todas estas entidades tienen una responsabilidad compartida en garantizar que los conductores cumplan con las normas de tiempos de conducción y descanso establecidas por la Unión Europea. Las empresas de transporte son responsables de asegurarse de que sus conductores cumplan con estas normas, mientras que los expedidores, transitarios, operadores turísticos, contratistas principales, subcontratistas y agencias de colocación de conductores también tienen la responsabilidad de garantizar que los conductores que contratan cumplan con estas normas. En última instancia, todos estos actores tienen un papel importante en garantizar la seguridad en las carreteras y el bienestar de los conductores.
Comunes: Objetivo 2.1
49 ¿Puede una empresa de transporte conceder primas a sus trabajadores dependiendo de los kilómetros recorridos?
Cod: 1760
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 10.1
Porque la normativa europea de tiempos de conducción y descanso establece unos límites máximos que deben respetarse para garantizar la seguridad vial y la salud de los conductores. Si una empresa incentiva a sus trabajadores a recorrer más kilómetros de los permitidos, es probable que estos incumplan los tiempos de conducción y descanso establecidos, lo que puede poner en riesgo la seguridad en carretera y la salud de los conductores. Por lo tanto, conceder primas en función de los kilómetros recorridos puede ser considerado una práctica ilegal y peligrosa.
Comunes: Objetivo 2.1
50 ¿Está obligado el conductor a presentar las pruebas que le haya suministrado la Administración respecto de infracciones de las normas sobre tiempos de conducción y descanso?
Cod: 1768
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 20.2
La respuesta correcta es Sí, cuando le sean requeridas porque el conductor está obligado a cumplir con las normas sobre tiempos de conducción y descanso establecidas por la Administración, y por lo tanto, debe estar en capacidad de demostrar que ha cumplido con dichas normas en caso de ser requerido por las autoridades competentes. Además, la presentación de estas pruebas es una obligación legal establecida en la normativa española sobre transporte por carretera.