Mercancías / Objetivo 2.2: Test CAP Mercancías – 6
Mercancías: Objetivo 2.2
1 ¿Desde qué fecha un transportista español puede utilizar la carta de porte electrónica para transportes sujetos al Convenio CMR?
Cod: 8449
Norma: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR Instrumento de Adhesión de España
La respuesta correcta es porque el 9 de agosto de 2011 entró en vigor en España la Orden FOM/1070/2011, que establece la regulación de la carta de porte electrónica en el transporte de mercancías por carretera sujeto al Convenio CMR. Esta orden permite a los transportistas españoles utilizar la carta de porte electrónica como documento válido para acreditar el contrato de transporte y las condiciones del mismo, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en la normativa.
Mercancías: Objetivo 2.2
2 ¿Qué efectos produce la carta de porte electrónica en el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR?
Cod: 8450
Norma: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR Art. 2.2
La carta de porte electrónica es una versión digital de la carta de porte en papel, que es un documento legalmente obligatorio en el transporte de mercancías por carretera sujeto al Convenio CMR. La carta de porte en papel es un documento que contiene información sobre el contrato de transporte, la carga, el destinatario, el remitente, el valor de la mercancía, etc. La carta de porte electrónica tiene la misma validez legal que la carta de porte en papel, ya que cumple con los mismos requisitos legales y contiene la misma información. Por lo tanto, los efectos producidos por la carta de porte electrónica son los mismos que los producidos por la carta de porte en papel, y se considera equivalente a esta última.
Mercancías: Objetivo 2.2
3 En el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué documentos se pueden emitir por medios electrónicos con plenos efectos?
Cod: 8451
Norma: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR Art. 2.1
La respuesta A es "el conocimiento de embarque electrónico" y la respuesta B es "el documento de transporte electrónico". Ambos documentos son válidos y tienen plenos efectos legales según la normativa del Convenio CMR. Por lo tanto, ambas respuestas son correctas.
Mercancías: Objetivo 2.2
4 ¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías está liberalizado en la Unión Europea?
Cod: 8463
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009 Art. 1.5
La respuesta proporcionada no es correcta. La pregunta se refiere a los transportes internacionales de mercancías que están liberalizados en la Unión Europea, lo que significa que no están sujetos a restricciones o barreras comerciales. La respuesta correcta sería: Todos los transportes internacionales de mercancías están liberalizados en la Unión Europea.
Mercancías: Objetivo 2.2
5 En la Unión Europea están liberalizados los transportes internacionales de mercancías realizados con vehículos cuyo peso de carga total autorizado no sea superior a:
Cod: 8464
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009 Art. 1.5
La respuesta correcta es 3,5 toneladas porque según la normativa europea, los transportes internacionales de mercancías realizados con vehículos cuyo peso de carga total autorizado no sea superior a 3,5 toneladas están liberalizados en la Unión Europea. Esto significa que los transportistas pueden realizar este tipo de transporte sin necesidad de obtener autorizaciones especiales o permisos adicionales. Sin embargo, para transportes de mercancías con vehículos de peso superior a 3,5 toneladas, se requiere una autorización especial y se deben cumplir ciertos requisitos adicionales.
Mercancías: Objetivo 2.2
6 ¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?
Cod: 8465
Norma: Sin referencia
La respuesta correcta se debe a que el sistema de autorizaciones CEMT (Conferencia Europea de Ministros de Transporte) establece un límite en el número de autorizaciones que se otorgan a los transportistas para realizar transportes internacionales de mercancías entre países miembros. Sin embargo, se permite la liberalización de ciertos tipos de transportes, como los ocasionales con destino u origen en aeropuertos, en los casos de desvío de servicios. Esto significa que los transportistas pueden realizar estos transportes sin necesidad de obtener una autorización CEMT adicional.
Mercancías: Objetivo 2.2
7 ¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT necesita autorización?
Cod: 8476
Norma: Sin referencia
Las mudanzas son consideradas un transporte internacional de mercancías y, por lo tanto, necesitan una autorización para ser realizadas entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT. Esto se debe a que las mudanzas implican el transporte de bienes personales y domésticos de un país a otro, y pueden requerir permisos especiales y documentación adicional para su realización. Además, las mudanzas pueden implicar el uso de vehículos de gran tamaño y capacidad, lo que aumenta el riesgo de accidentes y daños a la propiedad. Por lo tanto, es importante que se obtenga una autorización adecuada antes de realizar una mudanza internacional de mercancías.
Mercancías: Objetivo 2.2
8 ¿Cuántos transportes de cabotaje consecutivos se pueden realizar, como máximo, tras la descarga de las mercancías transportadas en un transporte internacional entrante en el país de acogida?
Cod: 8489
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009 Art. 8
La respuesta correcta es tres porque según la normativa europea, un transporte de cabotaje solo se puede realizar después de un transporte internacional entrante y solo se permite realizar un máximo de tres transportes de cabotaje consecutivos antes de volver a realizar un transporte internacional. Esto se debe a que el transporte de cabotaje está destinado a ser una excepción y no una práctica habitual, para evitar la competencia desleal y garantizar la seguridad en el transporte de mercancías.
Mercancías: Objetivo 2.2
9 Si la entrada en el Estado de acogida se produce en vacío, ¿cuántos transportes de mercancías en régimen de cabotaje se pueden realizar en el mismo durante los tres primeros días?
Cod: 8491
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009 Art. 8
La respuesta correcta es uno porque según la normativa europea, un vehículo de transporte de mercancías con matrícula de un Estado miembro de la UE puede realizar un solo transporte en régimen de cabotaje en el Estado de acogida después de haber entrado en vacío. Después de ese transporte, debe volver a su país de origen o realizar un transporte internacional. Los tres primeros días se refieren al período de tiempo en el que se permite realizar este transporte en régimen de cabotaje después de la entrada en vacío.
Mercancías: Objetivo 2.2
10 Si la entrada en el Estado de acogida se produce en vacío, ¿en cuánto tiempo se han de realizar los transportes de mercancías permitidos en régimen de cabotaje?
Cod: 8494
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009 Art. 8
La respuesta correcta es en realidad "No hay plazo establecido". La entrada en el Estado de acogida en vacío no implica ningún plazo para realizar los transportes de mercancías permitidos en régimen de cabotaje. Es importante tener en cuenta que las preguntas y respuestas pueden variar según la versión del examen y la legislación vigente en cada momento.
Mercancías: Objetivo 2.2
11 ¿Está limitado el número máximo de transportes de mercancías consecutivos que se permite realizar en régimen de cabotaje en un determinado Estado de acogida?
Cod: 8495
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009 Art. 8
La respuesta es sí porque la normativa europea establece que un transportista de un Estado miembro de la UE solo puede realizar un máximo de tres operaciones de cabotaje en el territorio de otro Estado miembro en un plazo de siete días después de haber realizado una operación de transporte internacional. Esto se hace para evitar la competencia desleal y proteger a los transportistas locales.
Mercancías: Objetivo 2.2
12 ¿Está limitado el tiempo durante el que se permite efectuar transporte de mercancías en régimen de cabotaje de modo consecutivo en un determinado Estado de acogida?
Cod: 8496
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009 Art. 8
La respuesta es sí porque según la normativa de la Unión Europea, el transporte de mercancías en régimen de cabotaje está limitado a un máximo de tres operaciones consecutivas en un período de siete días en un mismo Estado miembro de la UE. Después de este período, el vehículo debe regresar a su país de origen o realizar un transporte internacional antes de poder realizar nuevas operaciones de cabotaje en el mismo Estado miembro. Esta limitación tiene como objetivo evitar la competencia desleal y garantizar una distribución equitativa del mercado de transporte entre los diferentes Estados miembros de la UE.
Mercancías: Objetivo 2.2
13 ¿Qué plazo de duración tienen las autorizaciones de transporte público de mercancías por carretera?
Cod: 8514
Norma: Ley 16/1987 Art. 51
La respuesta correcta es que las autorizaciones de transporte público de mercancías por carretera no tienen un plazo de duración prefijado porque son renovables de forma indefinida siempre y cuando se cumplan los requisitos y condiciones establecidos por la normativa vigente. Es decir, mientras se mantengan las condiciones y requisitos necesarios para mantener la autorización, esta no tiene un plazo de duración limitado.
Mercancías: Objetivo 2.2
14 Para la realización de actividades de transporte de mercancías con un vehículo de 10 toneladas de Masa Máxima Autorizada, será necesaria previamente la obtención de:
Cod: 8531
Norma: Ley 16/1987 42
La respuesta correcta es una autorización administrativa habilitante para la actividad de transporte porque, según la normativa española, para realizar actividades de transporte de mercancías con un vehículo de más de 3,5 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA), es necesario obtener una autorización administrativa habilitante para la actividad de transporte, ya sea una autorización de transporte público o una autorización de transporte privado complementario. En el caso de un vehículo de 10 toneladas de MMA, se considera transporte de mercancías pesado y, por lo tanto, se requiere una autorización administrativa para poder realizar la actividad de transporte de manera legal.
Mercancías: Objetivo 2.2
15 ¿En qué ciudad se firmó el Convenio CMR?
Cod: 8591
Norma: Convenio CMR Protocolo de Firma
El Convenio CMR es el Convenio Internacional sobre el Transporte de Mercancías por Carretera, que establece las normas y regulaciones para el transporte de mercancías por carretera entre los países que lo han ratificado. Este convenio fue firmado en Ginebra, Suiza, el 19 de mayo de 1956, y desde entonces ha sido ratificado por numerosos países, incluyendo España. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta sobre en qué ciudad se firmó el Convenio CMR es Ginebra.
Mercancías: Objetivo 2.2
16 El Convenio CMR se aplicará a los contratos de transporte de mercancías por carretera en los que:
Cod: 8594
Norma: Convenio CMR Art. 1
El Convenio CMR es un acuerdo internacional que regula el transporte de mercancías por carretera entre países que lo han firmado. Por lo tanto, para que se aplique este convenio, es necesario que al menos uno de los lugares de carga o descarga de la mercancía pertenezca a un país firmante del convenio. Si ambos lugares pertenecen al mismo país, no se aplicaría el convenio. Además, es importante destacar que el convenio solo se aplica a los contratos de transporte internacional de mercancías por carretera.
Mercancías: Objetivo 2.2
17 El Convenio CMR no se aplica:
Cod: 8601
Norma: Convenio CMR Art. 1
El Convenio CMR (Convención sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera) es un acuerdo internacional que establece las normas y responsabilidades para el transporte de mercancías por carretera entre diferentes países. Este convenio se aplica a todos los transportes internacionales de mercancías por carretera, independientemente de la distancia que se deba recorrer para ejecutar el transporte. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta es que el Convenio CMR se aplica con independencia de la distancia que haya que recorrer para ejecutar el transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
18 El Convenio CMR no se aplica:
Cod: 8602
Norma: Convenio CMR Art. 1
El Convenio CMR (Convención sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera) se aplica a los transportes internacionales de mercancías por carretera. Sin embargo, el transporte de mudanzas no se considera un transporte de mercancías, sino un servicio de mudanza de bienes personales y domésticos. Por lo tanto, el Convenio CMR no se aplica a este tipo de transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
19 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, los tres ejemplares de la carta de porte, una vez firmados, pasan a poder:
Cod: 8604
Norma: Convenio CMR Art. 5
Los tres ejemplares de la carta de porte son necesarios para el transporte de mercancías sujetas al Convenio CMR. Uno de los ejemplares es para el remitente, otro para el transportista y el tercero acompaña a la mercancía. De esta manera, se asegura que todas las partes involucradas en el transporte tengan una copia de la información relevante y se puedan realizar las comprobaciones necesarias en caso de cualquier problema o reclamación. Además, el ejemplar que acompaña a la mercancía es importante para el destinatario, ya que le permite comprobar que la mercancía recibida es la misma que se envió y que no ha sufrido daños durante el transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
20 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, cuando la mercancía vaya a ser cargada en varios vehículos,:
Cod: 8605
Norma: Convenio CMR Art. 5
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que cada vehículo utilizado en el transporte debe llevar su propia carta de porte, que es el documento que acredita la existencia del contrato de transporte y contiene información sobre la mercancía, el remitente, el destinatario, el transportista y las condiciones del transporte. Por lo tanto, si la mercancía va a ser cargada en varios vehículos, se deben emitir tantas cartas de porte como vehículos se utilicen para garantizar la trazabilidad y la seguridad del transporte. Tanto el remitente como el transportista tienen la responsabilidad de exigir el cumplimiento de esta normativa.
Mercancías: Objetivo 2.2
21 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?
Cod: 8611
Norma: Convenio CMR Art. 6
La cantidad de mercancía transportada es uno de los elementos esenciales que debe incluir la carta de porte en un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR. Esto se debe a que el peso de la mercancía es un factor importante para determinar el costo del transporte y para asegurar que se cumplan las normas de seguridad y capacidad de carga del vehículo. Además, la cantidad de mercancía transportada también es relevante para la gestión de inventarios y para la planificación de la logística de la empresa. Por lo tanto, es importante que la carta de porte incluya esta información de manera clara y precisa.
Mercancías: Objetivo 2.2
22 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?
Cod: 8612
Norma: Convenio CMR Art. 6
La respuesta A es que la carta de porte debe contener la identificación de las partes contratantes y la descripción de la mercancía. La respuesta C es que la carta de porte debe contener la fecha y lugar de entrega de la mercancía. Ambas respuestas son correctas porque el Convenio CMR establece que la carta de porte debe contener información detallada sobre el contrato de transporte, incluyendo la identificación de las partes, la descripción de la mercancía y la fecha y lugar de entrega.
Mercancías: Objetivo 2.2
23 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?
Cod: 8614
Norma: Convenio CMR Art. 6
La respuesta A es que la carta de porte debe contener la identificación de las partes contratantes y la descripción de la mercancía transportada. La respuesta B es que también debe incluir el lugar y fecha de la entrega, el lugar y fecha de la recepción, y la firma del transportista y del destinatario. Ambas respuestas son correctas porque el Convenio CMR establece que la carta de porte debe contener esta información para garantizar la seguridad y la eficiencia del transporte de mercancías.
Mercancías: Objetivo 2.2
24 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR,…
Cod: 8622
Norma: Convenio CMR Art. 11
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que el transportista es responsable de la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte, así como de la pérdida de los documentos que le han sido entregados y que se mencionan en la carta de porte. La carta de porte es un documento fundamental en el transporte de mercancías, ya que acredita la existencia del contrato de transporte y contiene información relevante sobre la mercancía, el remitente, el destinatario y las condiciones del transporte. Por lo tanto, la pérdida de la carta de porte puede generar problemas en la gestión del transporte y en la entrega de la mercancía, por lo que el transportista debe ser responsable de su custodia y conservación.
Mercancías: Objetivo 2.2
25 En un contrato de transporte de mercancías peligrosas sujeto al Convenio CMR,…
Cod: 8623
Norma: Convenio CMR Art. 22
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que el remitente es responsable de proporcionar información precisa y detallada sobre la naturaleza de las mercancías peligrosas que se transportan. Si el remitente no proporciona esta información, el transportista tiene el derecho de rechazar el transporte de las mercancías peligrosas o de descargarlas y destruirlas en cualquier momento y lugar. Esto se hace para garantizar la seguridad de las personas y el medio ambiente durante el transporte de mercancías peligrosas.
Mercancías: Objetivo 2.2
26 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el ejercicio del derecho de disposición por el remitente exige:
Cod: 8626
Norma: Convenio CMR Art. 12
El Convenio CMR es un acuerdo internacional que regula el transporte de mercancías por carretera entre países europeos y algunos países de Asia y África. En este convenio se establecen las obligaciones y responsabilidades de las partes involucradas en el transporte, incluyendo al remitente y al transportista.El derecho de disposición se refiere a la facultad que tiene el remitente de modificar las instrucciones dadas al transportista en relación con el transporte de la mercancía. Para ejercer este derecho, el remitente debe presentar el primer ejemplar de la carta de porte con las nuevas instrucciones dadas al transportista. Esto es necesario para que el transportista tenga conocimiento de las nuevas instrucciones y pueda actuar en consecuencia.Es importante destacar que el ejercicio del derecho de disposición por parte del remitente puede tener implicaciones en la responsabilidad
Mercancías: Objetivo 2.2
27 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si después de la llegada al destino se presentan impedimentos para la entrega, el transportista debe:
Cod: 8630
Norma: Convenio CMR Art. 15
La respuesta correcta es pedir instrucciones al remitente porque el Convenio CMR establece que el transportista debe entregar la mercancía al destinatario en el lugar y en el plazo acordado en el contrato de transporte. Si después de la llegada al destino se presentan impedimentos para la entrega, el transportista debe informar al remitente y pedir instrucciones sobre cómo proceder. El remitente puede decidir si se debe intentar una nueva entrega, si se debe almacenar la mercancía en un lugar seguro o si se debe devolver al remitente. Por lo tanto, es importante que el transportista se comunique con el remitente para tomar las medidas adecuadas y evitar cualquier problema legal o financiero.
Mercancías: Objetivo 2.2
28 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si antes de la llegada al destino resulta imposible cumplir el contrato en los términos acordados, ¿puede el transportista vender la mercancía sin recibir instrucciones?
Cod: 8631
Norma: Convenio CMR Art. 16
La respuesta A es correcta porque el transportista puede vender la mercancía si el destinatario no se encuentra disponible para recibirla y no se han dado instrucciones para su almacenamiento o devolución. La respuesta B es correcta porque el transportista puede vender la mercancía si se ha producido un retraso en la entrega y el destinatario no ha dado instrucciones para su almacenamiento o devolución. En ambos casos, el transportista debe notificar al remitente y al destinatario de la venta y del precio obtenido por la mercancía.
Mercancías: Objetivo 2.2
29 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista responde de los daños sufridos por la mercancía:
Cod: 8634
Norma: Convenio CMR Art. 17
La respuesta correcta es desde el momento de su recepción al de su entrega porque el Convenio CMR establece que el transportista es responsable de la mercancía desde el momento en que la recibe hasta el momento en que la entrega al destinatario. Durante este periodo, el transportista debe garantizar la seguridad y la integridad de la mercancía y responder de los daños que puedan sufrir durante el transporte. Por lo tanto, el transportista debe asegurarse de que la mercancía esté debidamente embalada y protegida durante el transporte para evitar cualquier daño o pérdida.
Mercancías: Objetivo 2.2
30 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista no debe responder de los daños sufridos por la mercancía cuando pruebe que estos derivan de:
Cod: 8636
Norma: Convenio CMR Art. 17
La respuesta correcta es que todas las respuestas anteriores son correctas porque el Convenio CMR establece una serie de exenciones de responsabilidad para el transportista en caso de daños a la mercancía, y estas exenciones incluyen situaciones como el hecho de que los daños se deban a la naturaleza de la mercancía, a un defecto inherente en la mercancía, a la falta de embalaje adecuado por parte del remitente o a la acción del propio remitente o destinatario de la mercancía. Por lo tanto, si el transportista puede demostrar que los daños se deben a alguna de estas causas, no será responsable de los mismos.
Mercancías: Objetivo 2.2
31 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista quedará libre de responsabilidad cuando pruebe que el daño de la mercancía ha podido derivar de:
Cod: 8637
Norma: Convenio CMR 17; Convenio CMR 18
La respuesta A es "un defecto inherente a la mercancía", lo cual significa que el daño fue causado por un problema con la propia mercancía y no por la negligencia del transportista. La respuesta C es "un hecho que no podía ser evitado", lo cual significa que el daño fue causado por un evento imprevisible e inevitable, como un desastre natural. Ambas respuestas son válidas porque en el Convenio CMR se establece que el transportista no será responsable por daños causados por estos factores.
Mercancías: Objetivo 2.2
32 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿cuándo puede el propietario de la mercancía considerarla perdida sin necesidad de ninguna prueba?
Cod: 8641
Norma: Convenio CMR Art. 20
La respuesta correcta se basa en el artículo 23 del Convenio CMR, que establece que si la mercancía no ha sido entregada en el plazo convenido, el destinatario puede considerarla perdida sin necesidad de ninguna prueba después de transcurridos treinta días desde la fecha en que el transportista debió haber entregado la mercancía. Esto se debe a que el plazo de treinta días se considera suficiente para que el destinatario pueda tomar medidas para recuperar la mercancía o reclamar una indemnización por su pérdida.
Mercancías: Objetivo 2.2
33 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué factores se tienen en cuenta para determinar el importe de la indemnización por pérdida de la mercancía?
Cod: 8643
Norma: Convenio CMR Art. 23
La respuesta es correcta porque el Convenio CMR establece que la indemnización por pérdida de la mercancía debe basarse en el valor de la mercancía en el momento y lugar de la entrega, más todos los gastos ocasionados por el transporte. Esto incluye los gastos de carga, descarga, almacenamiento, seguro y cualquier otro gasto relacionado con el transporte de la mercancía. De esta manera, se garantiza que el propietario de la mercancía reciba una compensación justa por cualquier pérdida que pueda sufrir durante el transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
34 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿está limitada la responsabilidad del transportista por pérdida de la mercancía?
Cod: 8644
Norma: Convenio CMR Art. 23
La respuesta correcta es porque el Convenio CMR establece una limitación de responsabilidad del transportista por pérdida o daño de la mercancía transportada. Esta limitación se establece en 8,33 unidades de cuenta por kilogramo de mercancía perdida o dañada. Las unidades de cuenta son una medida de valor establecida por el Convenio y su valor puede variar según la moneda utilizada en cada país. Esta limitación de responsabilidad se aplica a menos que se demuestre que el transportista actuó con dolo o negligencia grave.
Mercancías: Objetivo 2.2
35 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR…
Cod: 8657
Norma: Convenio CMR Art. 26
La respuesta es correcta porque el Convenio CMR establece que el remitente puede declarar en la carta de porte una suma en concepto de interés especial en la entrega, que se sumará a la indemnización por pérdida o daño de la mercancía en caso de que se produzca. Esta suma adicional se considera una indemnización por los daños y perjuicios que pueda sufrir el remitente en caso de que la mercancía no sea entregada en el plazo acordado o en las condiciones establecidas en el contrato de transporte. Por lo tanto, el remitente tiene la posibilidad de protegerse ante posibles pérdidas o daños en el transporte de sus mercancías.
Mercancías: Objetivo 2.2
36 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿se pueden exigir intereses sobre el importe de la indemnización que debe pagar el transportista por pérdida o deterioro de la mercancía?
Cod: 8661
Norma: Convenio CMR Art. 27
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que el transportista es responsable de la pérdida o el deterioro de la mercancía durante el transporte y debe indemnizar al cargador por el valor de la mercancía perdida o dañada. Además, el convenio establece que el transportista debe pagar intereses sobre el importe de la indemnización a partir del día en que se le formule una reclamación escrita. Esto se hace para compensar al cargador por los costos adicionales y las pérdidas financieras que pueda haber sufrido debido a la pérdida o el deterioro de la mercancía.
Mercancías: Objetivo 2.2
37 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿se pueden exigir intereses sobre el importe de la indemnización que debe pagar el transportista por pérdida o deterioro de la mercancía?
Cod: 8663
Norma: Convenio CMR Art. 27
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que el transportista es responsable de la pérdida o el deterioro de la mercancía durante el transporte y debe indemnizar al cargador por los daños sufridos. Si el transportista no paga la indemnización en el plazo acordado, el cargador puede interponer una demanda judicial para reclamar el pago. En este caso, el transportista puede ser obligado a pagar intereses sobre el importe de la indemnización a partir de la fecha en que se interponga la demanda judicial, en defecto de reclamación previa. Esto se establece en el artículo 23 del Convenio CMR.
Mercancías: Objetivo 2.2
38 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿qué responsabilidad asume cada uno de ellos?
Cod: 8665
Norma: Convenio CMR Art. 34
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que cada transportista que participe en un transporte sujeto a este convenio es responsable de la ejecución total del transporte, desde el momento en que recibe la mercancía hasta el momento en que la entrega al destinatario final. Esto significa que cada transportista es responsable de cualquier daño o pérdida que ocurra durante su parte del transporte, y que no puede eximirse de responsabilidad simplemente porque otro transportista también participó en el transporte. En resumen, cada transportista es responsable de la totalidad del transporte, aunque este sea ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo.
Mercancías: Objetivo 2.2
39 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿contra quién se puede dirigir una reclamación por pérdida de la mercancía?
Cod: 8668
Norma: Convenio CMR Art. 36
La respuesta correcta es "Todas las respuestas anteriores son correctas" porque en un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el cargador puede dirigir una reclamación por pérdida de la mercancía contra cualquier transportista que haya participado en el transporte, ya sea el primer transportista o el último. Además, el cargador también puede dirigir la reclamación contra el transportista que haya emitido el conocimiento de embarque CMR. Por lo tanto, todas las respuestas anteriores son correctas.
Mercancías: Objetivo 2.2
40 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, el transportista que haya pagado una indemnización:
Cod: 8669
Norma: Convenio CMR Art. 37
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que todos los transportistas que hayan participado en el transporte son responsables solidarios por los daños y pérdidas que se produzcan durante el mismo. Por lo tanto, si uno de los transportistas ha tenido que pagar una indemnización, tiene derecho a reclamar a los demás transportistas que hayan participado en el transporte para que compartan la responsabilidad y el coste de la indemnización.
Mercancías: Objetivo 2.2
41 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿quién asume la indemnización en caso de pérdida de la mercancía?
Cod: 8671
Norma: Convenio CMR Art. 37
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que cada transportista es responsable de la mercancía mientras está bajo su custodia y control. Sin embargo, en un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, puede resultar difícil determinar quién es el responsable de la pérdida de la mercancía. Por lo tanto, si no se puede determinar un responsable específico, todos los transportistas intervinientes deben asumir la indemnización en proporción a su remuneración. De esta manera, se garantiza que cada transportista asuma su parte de responsabilidad en la pérdida de la mercancía y se evita que un solo transportista tenga que asumir toda la responsabilidad.
Mercancías: Objetivo 2.2
42 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿en qué plazo debe manifestar sus reservas el destinatario en caso de que existan pérdidas ocultas?
Cod: 8673
Norma: Convenio CMR Art. 30
La respuesta correcta es en el plazo de siete días, descontados domingos y festivos, porque así lo establece el Convenio CMR (Convención sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera), en su artículo 32. Este plazo se cuenta a partir del día siguiente a la entrega de las mercancías al destinatario o a su representante. Si el destinatario no realiza ninguna reserva en este plazo, se considera que ha recibido las mercancías en buen estado y no podrá reclamar posteriormente por pérdidas ocultas.
Mercancías: Objetivo 2.2
43 Para que proceda la indemnización por retraso en la entrega prevista en el Convenio CMR, ¿en qué plazo debe manifestar sus reservas el destinatario?
Cod: 8674
Norma: Convenio CMR Art. 30
La respuesta correcta es en el plazo de veintiún días porque así lo establece el Convenio CMR (Convención sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera), en su artículo 32. Este plazo se cuenta a partir del día en que se entregó la mercancía o en el que debió entregarse según el contrato de transporte. Si el destinatario no realiza las reservas en este plazo, se considera que ha aceptado la entrega sin incidencias y no podrá reclamar indemnización por retraso en la entrega.
Mercancías: Objetivo 2.2
44 ¿En qué plazo se han de interponer las reclamaciones derivadas de un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR?
Cod: 8675
Norma: Convenio CMR Art. 32
La respuesta correcta es en un año porque el Convenio CMR establece en su artículo 32 que cualquier acción derivada de un contrato de transporte internacional de mercancías por carretera deberá ser interpuesta en un plazo máximo de un año a partir de la fecha de entrega de las mercancías o de la fecha en que debió haberse efectuado la entrega. Este plazo es de carácter imperativo y no puede ser modificado por las partes del contrato.
Mercancías: Objetivo 2.2
45 En caso de existir mala fe, ¿cuál es el plazo máximo para interponer las reclamaciones derivadas de un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR?
Cod: 8676
Norma: Convenio CMR Art. 32
La respuesta correcta es tres años porque el Convenio CMR establece en su artículo 32 que cualquier acción derivada de un contrato de transporte deberá ser interpuesta dentro de un plazo de tres años a partir de la fecha en que se entregó la mercancía o en la que debió entregarse. Si se interpone la reclamación después de este plazo, se considerará prescrita y no se podrá reclamar. Por lo tanto, es importante que los transportistas y los cargadores estén al tanto de este plazo y tomen las medidas necesarias para presentar cualquier reclamación dentro del plazo establecido.
Mercancías: Objetivo 2.2
46 ¿Cuál de las siguientes se considera mercancía de la Unión a efectos aduaneros?
Cod: 8680
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013 Art. 5
La respuesta es correcta porque todas las mercancías que se encuentran dentro de la Unión Europea son consideradas mercancías de la Unión a efectos aduaneros. Esto incluye tanto las mercancías producidas en la UE como las importadas de fuera de la UE y que han sido debidamente declaradas y autorizadas para su circulación dentro del territorio aduanero de la UE.
Mercancías: Objetivo 2.2
47 La condición de operador económico autorizado es reconocida por:
Cod: 8686
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013 Art. 38
La condición de operador económico autorizado (OEA) es un estatus otorgado por las autoridades aduaneras a empresas que cumplen con ciertos criterios de seguridad y cumplimiento aduanero. Al ser reconocido por las autoridades aduaneras, el OEA puede disfrutar de ciertos beneficios, como la simplificación de los procedimientos aduaneros y la reducción de los controles aduaneros. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta es que la condición de OEA es reconocida por las autoridades aduaneras.
Mercancías: Objetivo 2.2
48 Los certificados de origen que acompañan a las mercancías en el tráfico internacional:
Cod: 8688
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447 Art. 57
Los certificados de origen son documentos que acreditan el país de origen de las mercancías y son necesarios para determinar los aranceles y las regulaciones comerciales aplicables a las importaciones y exportaciones. Además, estos certificados son importantes para garantizar la calidad y la autenticidad de las mercancías y para evitar el fraude y la falsificación. Por lo tanto, es esencial que los certificados de origen acompañen a las mercancías en el tráfico internacional y que acrediten el país de origen de las mismas.
Mercancías: Objetivo 2.2
49 ¿Qué finalidad cumplen los certificados de circulación de mercancías?
Cod: 8689
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447 69; Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447 77
Los certificados de circulación de mercancías se utilizan para acreditar el origen de las mercancías y, en algunos casos, para obtener beneficios arancelarios. En el caso de las preferencias arancelarias, se trata de reducciones o exenciones de los aranceles que se aplican a las importaciones de ciertos productos procedentes de determinados países o regiones. Para poder beneficiarse de estas preferencias, es necesario demostrar que las mercancías cumplen con ciertos requisitos de origen, que pueden variar según el acuerdo comercial en cuestión. En el caso de la Unión Europea, los certificados de circulación de mercancías se utilizan para acreditar que las mercancías son originarias de la UE y, por lo tanto, pueden circular libremente dentro del mercado único sin tener que pagar aranceles adicionales.
Mercancías: Objetivo 2.2
50 El régimen de tránsito interno de la Unión se aplica:
Cod: 8692
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013 227; Reglamento Comunitario (UE) 2015/2446 188
La respuesta B es "a los transportes de mercancías entre dos puntos de un mismo Estado miembro de la Unión Europea", y la respuesta C es "a los transportes de mercancías entre dos puntos de un mismo Estado miembro de la Unión Europea que atraviesan el territorio de otro Estado miembro". Ambas respuestas son correctas porque el régimen de tránsito interno de la Unión se aplica tanto a los transportes que se realizan íntegramente dentro de un Estado miembro como a los que atraviesan el territorio de otro Estado miembro.