Comunes / Objetivo 2.1: Test CAP Mercancías – 1
Comunes: Objetivo 2.1
1 ¿A quién corresponde la responsabilidad cuando se detecta una manipulación de un tacógrafo?
Cod: 18
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.10
La responsabilidad recae en el transportista porque es el encargado de garantizar que sus conductores cumplan con las normas de conducción y descanso establecidas por la ley. Si se detecta una manipulación del tacógrafo, significa que el conductor no ha cumplido con estas normas y el transportista es responsable de asegurarse de que esto no suceda.Sin embargo, la responsabilidad también recae en quien realiza la manipulación del tacógrafo, ya que está cometiendo una infracción y poniendo en riesgo la seguridad vial. Además, todos los colaboradores en la instalación y comercialización del tacógrafo también tienen responsabilidad en garantizar que el dispositivo se instale y utilice correctamente, y que no se facilite la manipulación del mismo.
Comunes: Objetivo 2.1
2 ¿Cómo considera el Reglamento (CE) 561/2006 el tiempo utilizado en viajar, en tren o ferry y con acceso a una litera, a un lugar para hacerse cargo de un vehículo equipado con tacógrafo?
Cod: 35
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 9.2
El Reglamento (CE) 561/2006 establece que el tiempo utilizado en viajar en tren o ferry y con acceso a una litera se considera tiempo de descanso o pausa, siempre y cuando el conductor pueda dormir o descansar adecuadamente durante el viaje. Esto se debe a que el objetivo del reglamento es garantizar la seguridad vial y la salud de los conductores, y se reconoce que el descanso adecuado es esencial para prevenir la fatiga y el cansancio al volante. Por lo tanto, el tiempo utilizado en viajar en estas condiciones no se considera tiempo de trabajo y no se contabiliza como horas de conducción.
Comunes: Objetivo 2.1
3 ¿Cómo pueden demostrar los conductores profesionales de otros países, que efectúen transportes en España, que cumplen los requisitos de formación y cualificación exigidos por la normativa?
Cod: 50
Norma: RD 284/2021 Art. 20
La respuesta correcta es "Todas las respuestas anteriores son correctas" porque existen varias formas en las que los conductores profesionales de otros países pueden demostrar que cumplen con los requisitos de formación y cualificación exigidos por la normativa española. Estas formas incluyen la presentación de un certificado de aptitud profesional emitido por otro Estado miembro de la Unión Europea, la presentación de un certificado de aptitud profesional emitido por un tercer país que haya sido reconocido por España, o la realización de un examen de aptitud profesional en España.
Comunes: Objetivo 2.1
4 ¿Cómo se considera la carencia del aparato de control de los tiempos de conducción y descanso en un vehículo obligado a su utilización?
Cod: 66
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.20
La carencia del aparato de control de los tiempos de conducción y descanso en un vehículo obligado a su utilización es considerada una falta muy grave porque es una infracción grave a la normativa de seguridad vial y de transporte. Este aparato es esencial para garantizar la seguridad en carretera y evitar la fatiga del conductor, lo que puede poner en peligro la vida de los ocupantes del vehículo y de otros usuarios de la vía. Además, su uso es obligatorio por ley en determinados vehículos y su falta puede ser sancionada con multas elevadas y la retirada del permiso de conducción.
Comunes: Objetivo 2.1
5 ¿Cómo se denomina la tarjeta de tacógrafo que identifica al conductor y permite almacenar datos sobre su actividad?
Cod: 111
Norma: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85 Anexo IB, I.t
La tarjeta de conductor es un documento personal e intransferible que identifica al conductor y permite almacenar datos sobre su actividad en el tacógrafo. Esta tarjeta es obligatoria para todos los conductores profesionales que utilicen vehículos equipados con tacógrafo en sus desplazamientos. La tarjeta de conductor es necesaria para poder descargar los datos del tacógrafo y comprobar el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta es tarjeta de conductor.
Comunes: Objetivo 2.1
6 ¿Cómo se denomina la tarjeta de tacógrafo que identifica al organismo de control y permite acceder a la información almacenada en la memoria o en las tarjetas de conductor a efectos de su lectura o impresión?
Cod: 112
Norma: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85 Anexo IB, I.o
La respuesta correcta es Tarjeta de control porque esta tarjeta es la que identifica al organismo de control y permite acceder a la información almacenada en la memoria o en las tarjetas de conductor a efectos de su lectura o impresión. Es decir, es la tarjeta que permite a las autoridades de control verificar el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso por parte de los conductores profesionales.
Comunes: Objetivo 2.1
7 ¿Cómo se denomina la tarjeta de tacógrafo que identifica a su titular y permite probar, activar, calibrar y transferir datos del tacógrafo digital?
Cod: 113
Norma: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85 Anexo IB, apartado I.qq
La respuesta proporcionada no es correcta. La tarjeta que se utiliza para identificar al titular del tacógrafo digital y permitir la transferencia de datos se llama "tarjeta del conductor". La "tarjeta de centro de ensayo" es una tarjeta utilizada por los centros de ensayo autorizados para realizar pruebas y calibraciones en los tacógrafos.
Comunes: Objetivo 2.1
8 ¿Cómo se llama la situación en la que hay, al menos, dos conductores en el vehículo que participan en la conducción?
Cod: 148
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 4.o
La respuesta correcta es "conducción en equipo" porque se refiere a la situación en la que hay más de un conductor en el vehículo que participa en la conducción, independientemente de si están conduciendo al mismo tiempo o no. Es importante tener en cuenta que, aunque en la primera hora haya un solo conductor, la pregunta se refiere a la situación general del vehículo y no a un momento específico. Por lo tanto, la respuesta correcta es "conducción en equipo".
Comunes: Objetivo 2.1
9 ¿Qué datos registra automáticamente el tacógrafo?
Cod: 248
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 4.3
El tacógrafo es un dispositivo que se utiliza para registrar la actividad de los conductores y el vehículo durante un período de tiempo determinado. Los datos que registra automáticamente incluyen la velocidad, la distancia recorrida, el tiempo de conducción, el tiempo de descanso y otros datos relacionados con la actividad del conductor y el vehículo. Estos datos son importantes para garantizar la seguridad en la carretera y para cumplir con las regulaciones de la UE sobre el tiempo de trabajo y descanso de los conductores profesionales. Por lo tanto, la respuesta correcta es que el tacógrafo registra datos sobre la marcha de los vehículos y sobre determinados tiempos de trabajo de los conductores.
Comunes: Objetivo 2.1
10 ¿Qué datos registra automáticamente el tacógrafo?
Cod: 250
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 4.3
El tacógrafo es un dispositivo que se utiliza para registrar la actividad de conducción de un conductor profesional. Entre los datos que registra se encuentran la velocidad, el tiempo de conducción, el tiempo de descanso y la distancia recorrida. Sin embargo, la distancia recorrida es el dato que se registra automáticamente y de forma más precisa, ya que se basa en la medición de la rotación de las ruedas del vehículo. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta es que el tacógrafo registra automáticamente la distancia recorrida.
Comunes: Objetivo 2.1
11 ¿Qué datos registra automáticamente el tacógrafo digital?
Cod: 251
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 4.3
El tacógrafo digital es un dispositivo que se utiliza para registrar la actividad del conductor y del vehículo durante un período de tiempo determinado. Entre los datos que registra automáticamente se encuentran las horas de conducción, las pausas y descansos, las horas de trabajo y las horas de disponibilidad. Estos datos son importantes para garantizar la seguridad en la carretera y para cumplir con las regulaciones de la Unión Europea sobre el tiempo de trabajo y descanso de los conductores profesionales. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta es que el tacógrafo digital registra las actividades del conductor.
Comunes: Objetivo 2.1
12 ¿Qué documento deberán llevar a bordo del vehículo en todo momento en que se encuentren conduciendo los conductores obligados a estar en posesión del certificado de aptitud profesional?
Cod: 276
Norma: RD 284/2021 Art. 20
La tarjeta de cualificación del conductor es un documento personal e intransferible que acredita que el conductor ha superado el examen para obtener el certificado de aptitud profesional y que cumple con los requisitos necesarios para ejercer la profesión de conductor de vehículos de transporte de mercancías o de viajeros. Este documento debe ser llevado a bordo del vehículo en todo momento, ya que es una obligación legal y su ausencia puede ser sancionada. Además, la tarjeta de cualificación del conductor permite a las autoridades de control verificar la identidad del conductor y comprobar que está autorizado para conducir el vehículo en cuestión.
Comunes: Objetivo 2.1
13 ¿Qué indicaciones deberá llevar impresas cada hoja de registro o disco-diagrama de tacógrafo analógico?
Cod: 326
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Anexo I, IV.c)
La marca de homologación del modelo o de los modelos de aparatos en los que puede utilizarse la hoja es una indicación obligatoria que debe llevar impresa cada hoja de registro o disco-diagrama de tacógrafo analógico según la normativa europea. Esta información es importante para garantizar que la hoja de registro o disco-diagrama sea compatible con el modelo de tacógrafo utilizado y que cumpla con los requisitos de precisión y fiabilidad establecidos por la legislación. Además, esta indicación permite identificar fácilmente el modelo de tacógrafo utilizado en caso de inspección o control por parte de las autoridades competentes.
Comunes: Objetivo 2.1
14 ¿Qué indicaciones deberá llevar impresas cada hoja de registro o disco-diagrama de tacógrafo analógico?
Cod: 328
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Anexo I, IV.c)
La marca de homologación del modelo o de los modelos de aparatos en los que puede utilizarse el disco es una indicación obligatoria que debe llevar impresa cada hoja de registro o disco-diagrama de tacógrafo analógico según la normativa europea. Esta información es importante para garantizar que el disco-diagrama utilizado es compatible con el modelo de tacógrafo analógico en el que se va a utilizar, lo que asegura la fiabilidad y precisión de los datos registrados. Además, esta información permite a las autoridades de control verificar que el tacógrafo y el disco-diagrama utilizados cumplen con los requisitos legales y técnicos establecidos.
Comunes: Objetivo 2.1
15 ¿Qué período de validez tiene la tarjeta de tacógrafo de conductor?
Cod: 362
Norma: OM FOM/1190/2005 Art. 5
La tarjeta de tacógrafo de conductor es un documento que registra la actividad del conductor y su cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso establecidos por la ley. La validez de la tarjeta es de cinco años, ya que es el período máximo permitido por la normativa europea. Después de este tiempo, el conductor debe renovar su tarjeta para poder seguir conduciendo legalmente. La renovación de la tarjeta implica una revisión médica y la presentación de la documentación necesaria para demostrar que el conductor sigue cumpliendo los requisitos necesarios para ejercer su profesión.
Comunes: Objetivo 2.1
16 ¿Qué Reglamento de la Unión Europea regula los tiempos de conducción y descanso de los conductores de vehículos de transporte por carretera?
Cod: 390
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 1
Porque el Reglamento (CE) 561/2006 es el reglamento de la Unión Europea que establece las normas sobre los tiempos de conducción y descanso de los conductores de vehículos de transporte por carretera, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y las condiciones laborales de los conductores. Este reglamento es de obligado cumplimiento para todos los conductores y empresas de transporte por carretera que operan en la Unión Europea.
Comunes: Objetivo 2.1
17 ¿Se considera infracción que un conductor prolongue su jornada diaria de conducción hasta alcanzar 10 horas?
Cod: 459
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 6
La respuesta correcta se debe a que según la normativa europea de tiempos de conducción y descanso, un conductor no puede superar las 10 horas de conducción diaria en ningún caso. Si un conductor prolonga su jornada diaria de conducción hasta alcanzar las 10 horas, está cometiendo una infracción. Sin embargo, si lo hace más de dos veces a la semana, la infracción se considera grave y puede ser sancionada con una multa y la retirada del permiso de conducir. Esto se debe a que la normativa establece que un conductor debe respetar los tiempos de conducción y descanso para garantizar su seguridad y la de los demás usuarios de la carretera.
Comunes: Objetivo 2.1
18 ¿Se considera infracción que un conductor prolongue su jornada diaria de conducción hasta alcanzar 10 horas 30 minutos?
Cod: 460
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 6 y 12
La respuesta correcta se debe a que la normativa europea establece que la jornada diaria de conducción no puede superar las 9 horas, con la posibilidad de extenderla hasta 10 horas dos veces por semana. Sin embargo, en casos excepcionales y por motivos de seguridad, se permite prolongar la jornada de conducción hasta un máximo de 10 horas y 30 minutos, siempre y cuando se llegue a un punto de parada adecuado para descansar y recuperar la energía necesaria para continuar conduciendo de manera segura. Esto se debe a que la fatiga es uno de los principales factores de riesgo en la conducción y puede aumentar la probabilidad de sufrir accidentes de tráfico. Por lo tanto, es importante que los conductores respeten los límites de conducción y descanso establecidos por la normativa para garantizar su seguridad y la
Comunes: Objetivo 2.1
19 ¿Se considera una infracción no llevar insertada la tarjeta de conductor en el tacógrafo cuando ello resulte exigible?
Cod: 461
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.22
La tarjeta de conductor es un elemento esencial para el correcto funcionamiento del tacógrafo, ya que permite registrar la actividad del conductor y garantizar el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso establecidos por la normativa europea. Por tanto, no llevar insertada la tarjeta de conductor en el tacógrafo cuando ello resulte exigible implica una falta grave de responsabilidad y compromiso con la seguridad vial, lo que puede poner en riesgo la integridad física de los ocupantes del vehículo y de otros usuarios de la vía. Por esta razón, se considera una infracción muy grave y puede ser sancionada con multas y la retirada del permiso de conducir.
Comunes: Objetivo 2.1
20 ¿Qué tipo de infraccion se considera la disminución en una hora y 20 minutos del período de descanso diario obligatorio?
Cod: 633
Norma: Ley 16/1987 Art. 141.24
La disminución en una hora y 20 minutos del período de descanso diario obligatorio se considera una infracción grave porque va en contra de las normas establecidas para garantizar la seguridad vial y la salud de los conductores. El descanso diario es esencial para que los conductores puedan recuperarse y estar en condiciones óptimas para conducir de manera segura y eficiente. La disminución de este período puede aumentar el riesgo de fatiga y accidentes de tráfico, lo que pone en peligro la vida de los conductores y de otros usuarios de la carretera. Por lo tanto, se considera una infracción grave y puede ser sancionada con multas y la retirada de puntos del permiso de conducir.
Comunes: Objetivo 2.1
21 Una disminución de tres horas y media en el descanso semanal, ¿qué tipo de infracción se considera?
Cod: 634
Norma: Ley 16/1987 Art. 141.24
La respuesta es grave porque según la normativa europea y española, los conductores profesionales deben tener un descanso semanal mínimo de 45 horas consecutivas. Si se reduce este descanso en más de tres horas y media, se considera una infracción grave y puede ser sancionada con multas y la retirada del permiso de conducir. Esto se debe a que la fatiga y el cansancio son factores de riesgo importantes en la conducción, y es necesario garantizar que los conductores profesionales descansen adecuadamente para evitar accidentes en la carretera.
Comunes: Objetivo 2.1
22 La minoración superior al 50 % sobre los períodos de descanso diario obligatorios, ¿qué tipo de infracción se considera?
Cod: 635
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.37
La minoración superior al 50% sobre los períodos de descanso diario obligatorios se considera una infracción muy grave porque pone en riesgo la seguridad vial al aumentar la fatiga del conductor y disminuir su capacidad de reacción. Además, esta infracción va en contra de la normativa europea y española sobre tiempos de conducción y descanso, que tienen como objetivo garantizar la seguridad en las carreteras y proteger la salud de los conductores. Por lo tanto, se castiga con una sanción económica elevada y la retirada de puntos del permiso de conducir.
Comunes: Objetivo 2.1
23 La realización de transportes de animales vivos entre granjas, mercados locales y mataderos, en una distancia no superior a 100 km en línea recta entre origen y destino del transporte, está:
Cod: 647
Norma: RD 640/2007 Art. 2.h
La respuesta correcta se debe a que, según la normativa europea, los transportes de animales vivos que se realizan en una distancia no superior a 100 km en línea recta entre origen y destino del transporte están exentos del uso del tacógrafo. Esta exención se aplica siempre y cuando el transporte se realice dentro del mismo país y no se supere el tiempo máximo de conducción diaria establecido por la normativa. Además, es importante destacar que este tipo de transporte está sujeto a una regulación específica en cuanto a las condiciones de transporte y bienestar animal.
Comunes: Objetivo 2.1
24 La realización de transportes de fondos u objetos de valor en vehículos especialmente equipados para ello está:
Cod: 648
Norma: RD 640/2007 Art. 2.k
La realización de transportes de fondos u objetos de valor en vehículos especialmente equipados para ello está exenta del uso de tacógrafo porque se considera que estos transportes tienen un carácter especial y requieren medidas de seguridad adicionales que podrían interferir con el uso del tacógrafo. Además, estos transportes suelen ser de corta duración y no implican una actividad de transporte regular, por lo que no se considera necesario el registro de los tiempos de conducción y descanso. Sin embargo, es importante destacar que esta exención solo se aplica a los transportes de fondos u objetos de valor realizados por empresas especializadas y autorizadas para ello.
Comunes: Objetivo 2.1
25 Antes de concluir seis períodos consecutivos de 24 horas cada uno desde la finalización del período de descanso semanal anterior, el conductor debe comenzar:
Cod: 769
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 8.6
La respuesta correcta es un período de descanso semanal porque según la normativa europea de tiempos de conducción y descanso, un conductor no puede conducir más de seis períodos consecutivos de 24 horas sin tomar un período de descanso semanal de al menos 45 horas. Este período de descanso semanal puede ser reducido a 24 horas, pero solo si se compensa con un período de descanso equivalente antes del final de la tercera semana siguiente. Por lo tanto, es importante que los conductores planifiquen sus tiempos de conducción y descanso de manera adecuada para cumplir con la normativa y evitar sanciones.
Comunes: Objetivo 2.1
26 Conducción semanal es el tiempo acumulado total de conducción durante una semana. ¿A partir de qué momento se contabiliza ese tiempo?
Cod: 793
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 4
La respuesta correcta es desde las cero horas del lunes hasta las 24 horas del domingo porque así se establece en la normativa europea sobre tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales. Esta normativa establece que el período de referencia para el cálculo de los tiempos de conducción y descanso es de siete días consecutivos, y que este período comienza a las cero horas del primer día y termina a las 24 horas del séptimo día. Por lo tanto, el tiempo de conducción semanal se contabiliza desde el inicio de este período de referencia hasta su finalización.
Comunes: Objetivo 2.1
27 Cuando se agota la capacidad de almacenamiento de la memoria del tacógrafo digital, ¿qué ocurre con los datos más antiguos?
Cod: 814
Norma: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85 Anexo IB, III.12
La capacidad de almacenamiento de la memoria del tacógrafo digital es limitada, por lo que cuando se alcanza su capacidad máxima, es necesario sustituir los datos más antiguos por otros nuevos para poder seguir registrando la información de forma continua. De esta manera, se garantiza que los datos más recientes estén siempre disponibles y se evita la pérdida de información importante. Además, la sustitución de los datos más antiguos por otros nuevos también ayuda a mantener la integridad de los registros del tacógrafo digital, ya que se evita la posibilidad de que se produzcan errores o inconsistencias en los datos almacenados.
Comunes: Objetivo 2.1
28 De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, ¿a qué concepto se refiere la expresión "el período de tiempo comprendido entre las 00.00 del lunes y las 24.00 del domingo"?
Cod: 833
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 4
La respuesta correcta es semana porque el Reglamento (CE) 561/2006 establece que el tiempo de conducción y descanso de los conductores profesionales debe ser controlado en períodos semanales. El período de tiempo comprendido entre las 00.00 del lunes y las 24.00 del domingo es el período semanal en el que se deben cumplir las normas de conducción y descanso establecidas en el reglamento. Por lo tanto, es importante que los conductores profesionales estén familiarizados con este concepto para cumplir con las regulaciones y evitar sanciones.
Comunes: Objetivo 2.1
29 De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, ¿qué debe tenerse en cuenta para calcular el tiempo diario de conducción?
Cod: 835
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 6.4
La respuesta es correcta porque el Reglamento (CE) 561/2006 establece que el tiempo de conducción diario no debe exceder de 9 horas, salvo dos veces por semana que puede ser de 10 horas. Además, se debe respetar un tiempo de descanso mínimo de 11 horas diarias y un descanso semanal de al menos 45 horas. Estas normas se aplican a todas las horas de conducción efectuadas en territorio comunitario o en un país tercero, por lo que es importante tenerlas en cuenta al calcular el tiempo diario de conducción.
Comunes: Objetivo 2.1
30 El tacógrafo digital cambiará de modo de funcionamiento atendiendo a:
Cod: 874
Norma: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85 Anexo IB, II.3
El tacógrafo digital es un dispositivo que registra la actividad del conductor y del vehículo, y su modo de funcionamiento depende de las tarjetas de tacógrafo que se inserten en los dispositivos de interfaz. Estas tarjetas son emitidas por las autoridades competentes y contienen información sobre el conductor y el vehículo, así como los límites de tiempo de conducción y descanso. Por lo tanto, el tacógrafo digital cambiará de modo de funcionamiento atendiendo a las tarjetas de tacógrafo válidas que se inserten en los dispositivos de interfaz. Es importante que los conductores conozcan el funcionamiento del tacógrafo digital y las normas que regulan su uso para cumplir con la legislación y garantizar la seguridad en la carretera.
Comunes: Objetivo 2.1
31 El tacógrafo digital cambiará de modo de funcionamiento según:
Cod: 875
Norma: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85 Anexo IB, II.3
El tacógrafo digital es un dispositivo que registra la actividad del conductor y del vehículo, y su modo de funcionamiento depende de las tarjetas de tacógrafo válidas que se inserten en los dispositivos de interfaz. Estas tarjetas son emitidas por las autoridades competentes y contienen información sobre el conductor y el vehículo, así como los límites de tiempo de conducción y descanso. Al insertar una tarjeta válida en el dispositivo de interfaz, el tacógrafo digital se ajusta automáticamente a los límites de tiempo y registra la actividad del conductor y del vehículo de acuerdo con las normas y regulaciones aplicables. Por lo tanto, la respuesta correcta a la pregunta es que el tacógrafo digital cambiará de modo de funcionamiento según las tarjetas de tacógrafo válidas que se inserten en los dispositivos de interfaz.
Comunes: Objetivo 2.1
32 ¿Qué debe hacer constar el conductor en una nueva hoja de registro o disco-diagrama antes de insertarla en el tacógrafo?
Cod: 893
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014 Art. 34.6
La respuesta correcta es "Todas las respuestas anteriores son correctas" porque el conductor debe asegurarse de que la hoja de registro o disco-diagrama esté en blanco y sin marcas previas, que la fecha y hora sean correctas y que la información del vehículo y del conductor estén completas y precisas antes de insertarla en el tacógrafo. Es importante que el conductor siga estos pasos para garantizar la precisión y la legalidad de los registros de conducción.
Comunes: Objetivo 2.1
33 Un exceso de una hora y media sobre el tiempo máximo de conducción diaria, ¿qué tipo de infracción se considera?
Cod: 920
Norma: Ley 16/1987 Art. 141.24
La respuesta es correcta porque según la normativa española, el tiempo máximo de conducción diaria para conductores profesionales es de 9 horas, y un exceso de una hora y media sobre este límite se considera una infracción grave, sancionable con una multa de hasta 500 euros. Esto se debe a que la fatiga y el cansancio pueden afectar negativamente la seguridad en la carretera, aumentando el riesgo de accidentes. Por lo tanto, es importante que los conductores profesionales respeten los límites de conducción y descanso para garantizar su propia seguridad y la de los demás usuarios de la vía.
Comunes: Objetivo 2.1
34 El exceso superior a dos horas sobre los tiempos máximos de conducción diaria, ¿qué tipo de infracción se considera?
Cod: 922
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.37
La respuesta es correcta porque según la normativa española, el exceso superior a dos horas sobre los tiempos máximos de conducción diaria se considera una infracción muy grave. Esto se debe a que la conducción prolongada sin descanso aumenta el riesgo de accidentes y pone en peligro la seguridad vial. Además, esta infracción puede conllevar sanciones económicas y la retirada del permiso de conducción.
Comunes: Objetivo 2.1
35 ¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
Cod: 1090
Norma: RD 284/2021 Art. 2
Porque los conductores que se encuentran en proceso de obtener su permiso de conducción o certificado de aptitud profesional están realizando actividades de aprendizaje y no están realizando un transporte comercial de mercancías o pasajeros. Por lo tanto, no se requiere el CAP para estas actividades. Sin embargo, es importante destacar que si durante estas actividades se realiza un transporte comercial, entonces sí se requeriría el certificado de aptitud profesional.
Comunes: Objetivo 2.1
36 ¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
Cod: 1092
Norma: RD 284/2021 Art. 2
Porque según la normativa española, el certificado de aptitud profesional (CAP) es obligatorio para los conductores de vehículos de transporte de mercancías y de viajeros, excepto para aquellos que realizan transporte privado complementario de material o equipos para uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre y cuando la conducción del vehículo no sea su actividad principal. En este caso, se considera que el transporte es una actividad secundaria y no comercial, por lo que no se requiere el CAP.
Comunes: Objetivo 2.1
37 En relación con el certificado de aptitud profesional (CAP), ¿quiénes son los encargados de la convocatoria y organización de los exámenes?
Cod: 1093
Norma: RD 284/2021 Art. 17
Los órganos competentes para la expedición de las autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera son los encargados de regular y supervisar el sector del transporte por carretera en su territorio. Como el certificado de aptitud profesional (CAP) es un requisito obligatorio para los conductores que deseen trabajar en el transporte por carretera, estos órganos son los encargados de convocar y organizar los exámenes para obtener el CAP. Por lo tanto, la respuesta correcta es que son los encargados de la convocatoria y organización de los exámenes del CAP.
Comunes: Objetivo 2.1
38 En relación con la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, ¿por quién será registrado el certificado de aptitud profesional (CAP)?
Cod: 1099
Norma: RD 284/2021 Art. 3
El certificado de aptitud profesional (CAP) es un requisito obligatorio para los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera en la Unión Europea. Este certificado acredita que el conductor ha superado una formación específica en materia de seguridad vial, conducción eficiente, normativa de transporte y salud laboral.En España, el registro del CAP lo realiza el organismo competente para otorgar las autorizaciones habilitantes para la realización de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera. Esto se debe a que estos organismos son los encargados de garantizar que los conductores que realizan este tipo de transporte cumplen con los requisitos de formación y cualificación necesarios para garantizar la seguridad de los pasajeros y la mercancía transportada. Además, estos organismos también son responsables de la supervisión y control de los
Comunes: Objetivo 2.1
39 Los transportes de envíos postales en vehículos o conjuntos de vehículos de una MMA no superior a 7,5 toneladas dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor de la empresa, si la conducción no es la actividad principal del conductor:
Cod: 1105
Norma: RD 640/2007 Art. 2.b
La respuesta correcta se debe a que, según la normativa europea, los vehículos de transporte de mercancías con una MMA no superior a 7,5 toneladas que se utilizan para realizar envíos postales dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor de la empresa, y en los que la conducción no es la actividad principal del conductor, están exentos del uso del tacógrafo. Esta exención se aplica siempre y cuando el transporte se realice dentro del territorio nacional y no se realice transporte internacional.
Comunes: Objetivo 2.1
40 Los transportes efectuados mediante vehículos o conjuntos de vehículos de MMA no superior a 7,5 toneladas, utilizados para el transporte no comercial de mercancías:
Cod: 1114
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 3.h
La respuesta correcta es que los transportes efectuados mediante vehículos o conjuntos de vehículos de MMA no superior a 7,5 toneladas, utilizados para el transporte no comercial de mercancías, están exentos del uso de tacógrafo porque la normativa europea establece que los vehículos de menos de 3,5 toneladas y los utilizados para transporte no comercial de mercancías están exentos de la obligación de llevar tacógrafo. Además, en España, la normativa nacional establece que los vehículos de MMA no superior a 7,5 toneladas utilizados para transporte no comercial de mercancías también están exentos del uso de tacógrafo.
Comunes: Objetivo 2.1
41 Los transportes que tengan por objeto llevar a las granjas recipientes de leche o productos lácteos destinados a la alimentación del ganado, siempre que se desarrollen íntegramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la em
Cod: 1118
Norma: RD 640/2007 Art. 2.g
La respuesta correcta es que están exentos de utilizar tacógrafo porque se considera que este tipo de transporte se realiza en un ámbito local y no implica largas distancias ni tiempos de conducción prolongados, por lo que no se considera necesario el control de los tiempos de conducción y descanso mediante el tacógrafo. Además, se entiende que este tipo de transporte se realiza con vehículos de pequeña capacidad y no supone un riesgo para la seguridad vial.
Comunes: Objetivo 2.1
42 Los transportes realizados en vehículos exclusivamente dedicados a la prestación de servicios de alcantarillado:
Cod: 1120
Norma: RD 640/2007 Art. 2.c
Los transportes realizados en vehículos exclusivamente dedicados a la prestación de servicios de alcantarillado están exentos de llevar instalado tacógrafo porque se consideran servicios de emergencia y no están sujetos a las normas de tiempos de conducción y descanso establecidas para el transporte de mercancías y pasajeros. Además, estos vehículos suelen realizar trabajos cortos y en zonas urbanas, por lo que no se considera necesario el uso del tacógrafo para controlar los tiempos de conducción y descanso.
Comunes: Objetivo 2.1
43 Según la normativa comunitaria, ¿cuál es el máximo de tiempo de conducción semanal?
Cod: 1211
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 6.2
La respuesta correcta es 56 horas porque según la normativa comunitaria (Reglamento (CE) nº 561/2006), el tiempo máximo de conducción semanal es de 56 horas en un período de 7 días consecutivos. Además, el tiempo máximo de conducción diario es de 9 horas, que puede ser ampliado a 10 horas dos veces por semana. También se establecen períodos de descanso obligatorios para los conductores, como un descanso diario de al menos 11 horas y un descanso semanal de al menos 45 horas. Estas normas tienen como objetivo garantizar la seguridad vial y la salud de los conductores profesionales.
Comunes: Objetivo 2.1
44 Si, en una inspección en carretera, el conductor se niega a entregar los discos-diagrama obligados a llevar en el vehículo al agente de control, ¿qué tipo de infracción estaría cometiendo?
Cod: 1285
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.12
La razón por la cual la respuesta correcta es una infracción muy grave por obstrucción es porque los discos-diagrama son un elemento obligatorio en el vehículo para controlar el tiempo de conducción y descanso del conductor. Si el conductor se niega a entregarlos durante una inspección, está obstruyendo la labor del agente de control y poniendo en riesgo la seguridad vial al no cumplir con las normas de descanso y conducción establecidas. Por lo tanto, se considera una infracción muy grave.
Comunes: Objetivo 2.1
45 Si, en un control en carretera, los agentes encargados del control detectan durante su comisión una falta de descanso diario considerada grave, ¿qué deberán hacer?
Cod: 1286
Norma: Ley 16/1987 Art. 143.4
La respuesta es correcta porque según la normativa europea sobre tiempos de conducción y descanso, los conductores profesionales deben respetar unos tiempos de descanso diario y semanal para garantizar su seguridad y la de los demás usuarios de la carretera. Si los agentes encargados del control detectan que el conductor no ha respetado estos tiempos de descanso, están obligados a denunciar la infracción y a inmovilizar el vehículo hasta que el conductor efectúe el descanso reglamentario. De esta manera se garantiza que el conductor esté en condiciones óptimas para continuar su viaje y se evita poner en riesgo la seguridad vial.
Comunes: Objetivo 2.1
46 Si, en una inspección en carretera, el conductor impide el control del tacógrafo, ¿qué tipo de infracción estaría cometiendo?
Cod: 1314
Norma: Ley 16/1987 Art. 140.12
La respuesta correcta es una infracción de carácter muy grave porque el tacógrafo es un dispositivo obligatorio que registra la actividad del conductor y el tiempo de conducción. Si el conductor impide el control del tacógrafo, está incumpliendo con la normativa de seguridad vial y poniendo en riesgo la seguridad de los demás usuarios de la carretera. Además, esta acción puede ser considerada como una forma de fraude en el registro de las horas de conducción y descanso, lo que puede llevar a sanciones económicas y a la retirada del permiso de conducir. Por lo tanto, se considera una infracción muy grave.
Comunes: Objetivo 2.1
47 Si un conductor conduce durante varias jornadas un vehículo no sujeto al Reglamento Comunitario 561/2006 y en una jornada posterior conduce un vehículo que sí está incluido en su ámbito de aplicación, ¿cómo deberá justificar las jornadas en las que efectu
Cod: 1344
Norma: Reglamento 165/2014 34
La respuesta correcta se debe a que el Reglamento Comunitario 561/2006 establece una serie de normas sobre los tiempos de conducción y descanso para los conductores de vehículos sujetos a su ámbito de aplicación. Si un conductor ha estado conduciendo un vehículo que no está sujeto a estas normas durante varias jornadas y luego conduce un vehículo que sí está sujeto a ellas, deberá justificar las jornadas anteriores realizando entradas manuales y registrándolas como "otro trabajo". De esta manera, se asegura de que se cumplan las normas de tiempos de conducción y descanso y se evita cualquier infracción.
Comunes: Objetivo 2.1
48 Si un conductor una semana conduce 40 horas, ¿cuántas horas puede conducir la siguiente semana?
Cod: 1345
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 6.3
La respuesta correcta no es 50 horas, sino que depende de varios factores. En primer lugar, el límite máximo de conducción semanal para un conductor profesional es de 56 horas. Además, existen diferentes reglas y excepciones en función del tipo de transporte y del país en el que se esté conduciendo. Por lo tanto, es importante conocer la normativa específica en cada caso para poder responder correctamente a esta pregunta.
Comunes: Objetivo 2.1
49 Un período de 10 horas ininterrumpidas durante el cual un conductor dispone libremente de su tiempo, ¿puede ser considerado como un período de descanso diario?
Cod: 1409
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 8
La respuesta correcta se debe a que según la normativa europea sobre tiempos de conducción y descanso, un conductor debe tomar un período de descanso diario de al menos 11 horas consecutivas. Sin embargo, se permite que un conductor tome hasta tres períodos de descanso diario reducidos de al menos 9 horas pero menos de 11 horas entre dos períodos de descanso semanales. Por lo tanto, un período de 10 horas ininterrumpidas puede ser considerado como un período de descanso diario reducido y cumplir con la normativa siempre y cuando se cumplan los requisitos mencionados anteriormente.
Comunes: Objetivo 2.1
50 Un vehículo de viajeros fabricado o adaptado de forma permanente para transportar hasta nueve personas, incluido el conductor:
Cod: 1432
Norma: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006 Art. 2.1.b
La respuesta correcta a esta pregunta es que los vehículos de viajeros fabricados o adaptados de forma permanente para transportar hasta nueve personas, incluido el conductor, están exentos de llevar instalado un tacógrafo debido a que se consideran vehículos ligeros y no están sujetos a las mismas regulaciones que los vehículos de transporte de mercancías o de pasajeros de mayor capacidad. Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta exención solo se aplica si el vehículo se utiliza exclusivamente para transporte privado o para fines no comerciales. Si se utiliza para transporte comercial de pasajeros, se requerirá un tacógrafo.