Preguntas aleatorias
Viajeros: Objetivo 3.8
En el transporte privado complementario de viajeros en autobús:
Cod: 1380
Norma: Ley 16/1987 Art. 102
La respuesta correcta se debe a que el transporte privado complementario de viajeros en autobús se refiere a aquellos servicios de transporte de pasajeros que se realizan de forma complementaria a los servicios de transporte público regular. En este tipo de transporte, los vehículos deben estar integrados en la organización de la empresa, ya que se trata de un servicio que se presta de forma profesional y que debe cumplir con una serie de requisitos legales y de seguridad. Además, la integración de los vehículos en la organización de la empresa permite garantizar un servicio de calidad y una gestión eficiente de los recursos.
La respuesta ha sido escrita por la inteligencia artificial ChatGPT y puede contener errores.
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