Preguntas aleatorias
Viajeros: Objetivo 2.3
En vías interurbanas, ¿cuál será la velocidad máxima de circulación de los vehículos dedicados al transporte escolar y de menores?
Cod: 5479
Norma: RD 1428/2003 Art. 48.1.b
La velocidad máxima de circulación en vías interurbanas está regulada por la señalización correspondiente y depende del tipo de vehículo. Sin embargo, los vehículos dedicados al transporte escolar y de menores tienen una responsabilidad especial en cuanto a la seguridad de los pasajeros, que en su mayoría son niños. Por lo tanto, se establece una velocidad máxima de circulación que es 10 kilómetros menor a la señalada para la vía y el tipo de vehículo, para garantizar una mayor seguridad en el transporte de los menores.
La respuesta ha sido escrita por la inteligencia artificial ChatGPT y puede contener errores.
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