Mercancías / Objetivo 2.2: Ampliación CAP Mercancías – 7
Mercancías: Objetivo 2.2
1 ¿Hasta cuándo estarán bajo vigilancia aduanera las mercancías no pertenecientes a la Unión que son introducidas en el territorio aduanero de la Unión Europea?
Cod: 64706
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013 Art. 134
La respuesta B es "hasta que se presenten en la aduana para su despacho o se sometan a un régimen aduanero", lo cual es correcto ya que las mercancías no pertenecientes a la Unión deben ser declaradas y sometidas a un régimen aduanero para poder ser introducidas en el territorio aduanero de la Unión Europea.La respuesta C es "hasta que se cumplan los requisitos aduaneros y fiscales aplicables", lo cual también es correcto ya que las mercancías deben cumplir con los requisitos aduaneros y fiscales antes de ser liberadas de la vigilancia aduanera. Por lo tanto, ambas respuestas son correctas y complementarias en cuanto a los plazos y requisitos que deben cumplir las mercancías no pertenecientes a la Unión que son introducidas en el territorio
Mercancías: Objetivo 2.2
2 ¿Es obligatorio llevar la tarjeta de inspección técnica en el vehículo?
Cod: 65505
Norma: RDL jun.-15 Art. 59
La tarjeta de inspección técnica es un documento que acredita que el vehículo ha pasado la inspección técnica correspondiente y cumple con los requisitos de seguridad y medio ambiente establecidos por la ley. Llevarla en el vehículo es obligatorio según la normativa española, ya que en caso de ser requerida por las autoridades de tráfico, se debe poder presentar en el momento. Además, es importante llevarla siempre en el vehículo para evitar posibles sanciones en caso de no tenerla en regla.
Mercancías: Objetivo 2.2
3 ¿Es obligatorio llevar el permiso de circulación en el vehículo?
Cod: 65506
Norma: RDL 6/2015 Art. 59
La respuesta correcta es sí, siempre, porque el permiso de circulación es un documento obligatorio que acredita la titularidad del vehículo y su correspondiente matrícula. Además, en caso de ser requerido por las autoridades de tráfico, es necesario presentarlo para evitar sanciones o multas. Por lo tanto, es importante llevar siempre el permiso de circulación en el vehículo.
Mercancías: Objetivo 2.2
4 ¿Debe llevar el conductor su permiso de conducción a bordo del vehículo?
Cod: 65507
Norma: RDL 6/2015 Art. 59
La respuesta correcta es sí, siempre, porque según la legislación española, el conductor debe llevar consigo su permiso de conducción en todo momento mientras conduce un vehículo. Esto es necesario para poder identificarse en caso de ser requerido por las autoridades y para demostrar que se tiene la autorización necesaria para conducir el vehículo en cuestión. Además, en caso de un accidente o infracción, el permiso de conducción es un documento esencial para la investigación y resolución del caso.
Mercancías: Objetivo 2.2
5 ¿Qué conductores de vehículos de transporte de mercancías deben llevar a bordo su tarjeta de cualificación profesional?
Cod: 65509
Norma: RD 284/2021 Art. 20
Porque la tarjeta de cualificación profesional es un documento que acredita que el conductor ha superado el examen para obtener el certificado de aptitud profesional, por lo que solo los conductores que tienen este certificado deben llevar la tarjeta a bordo del vehículo de transporte de mercancías. Además, la ley exige que los conductores de vehículos de transporte de mercancías que tengan un peso máximo autorizado superior a 3,5 toneladas y que realicen transporte por cuenta ajena o propia, estén en posesión del certificado de aptitud profesional.
Mercancías: Objetivo 2.2
6 ¿Qué plazo de validez tiene el certificado de conductor de tercer país?
Cod: 65510
Norma: OM FOM/3399/2002 Art. 3
El certificado de conductor de tercer país es un documento que se otorga a los conductores que no son ciudadanos de la Unión Europea y que desean conducir en territorio europeo. Este certificado tiene una validez de 2 años, ya que después de este tiempo, el conductor debe renovarlo para poder seguir conduciendo en Europa. Esto se debe a que durante este período, se considera que el conductor ha tenido tiempo suficiente para adaptarse a las normas y regulaciones de tráfico de la Unión Europea. Además, la renovación del certificado permite a las autoridades verificar que el conductor sigue cumpliendo con los requisitos necesarios para conducir en Europa.
Mercancías: Objetivo 2.2
7 ¿Qué ocurre con el certificado de conductor de tercer país cuando este cambia de empresa?
Cod: 65512
Norma: OM FOM/3399/2002 Art. 3
La razón por la cual la empresa debe devolver el certificado de conductor de tercer país a la Administración es porque este certificado es propiedad del conductor y no de la empresa. Además, el certificado de conductor de tercer país solo es válido mientras el conductor trabaje para la empresa que lo solicitó. Si el conductor cambia de empresa, la nueva empresa debe solicitar un nuevo certificado de conductor de tercer país para el conductor. Por lo tanto, la empresa anterior debe devolver el certificado a la Administración para que este pueda ser cancelado y no se utilice de manera fraudulenta.
Mercancías: Objetivo 2.2
8 Si una empresa de transporte utiliza un conductor que requiere certificado de conductor de tercer país sin que este sea titular de uno, ¿comete una infracción?
Cod: 65513
Norma: Ley 16/1987 Art. 141
La respuesta correcta es porque según la normativa europea, los conductores de terceros países (países no pertenecientes a la Unión Europea) que realizan transporte internacional de mercancías o viajeros en territorio europeo deben estar en posesión de un certificado de conductor de tercer país válido y en vigor. Si la empresa utiliza a un conductor que no tiene este certificado, está incumpliendo la normativa y cometiendo una infracción. Además, esto puede poner en riesgo la seguridad vial y la calidad del servicio de transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
9 En el caso del transporte privado complementario de mercancías, ¿qué documentación es necesario llevar a bordo del vehículo en relación con el transporte?
Cod: 65514
Norma: Ley 16/1987 Art. 103
La documentación necesaria para el transporte privado complementario de mercancías debe incluir información sobre las mercancías transportadas, el vehículo utilizado y el conductor que realiza el transporte. Esta documentación es necesaria para acreditar que el transporte se realiza de manera legal y segura, y para evitar posibles sanciones o multas por parte de las autoridades competentes. Además, esta documentación también puede ser requerida por los clientes o destinatarios de las mercancías para verificar la legalidad del transporte. Por lo tanto, es importante llevar esta documentación a bordo del vehículo en todo momento durante el transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
10 De los siguientes transportes, ¿en cuál es necesario llevar a bordo el documento de control administrativo de transporte?
Cod: 65520
Norma: OM FOM/2861/2012 Art. 2
La respuesta correcta es porque el transporte de leche en cisterna está sujeto a una regulación específica que exige la obligatoriedad de llevar a bordo el documento de control administrativo de transporte. Este documento es necesario para garantizar la trazabilidad y seguridad alimentaria de la leche transportada, y debe ser presentado en caso de inspección por parte de las autoridades competentes.
Mercancías: Objetivo 2.2
11 ¿Durante cuánto tiempo debe conservarse el documento de control administrativo de transporte?
Cod: 65522
Norma: OM FOM/2861/2012 Art. 9
La respuesta correcta es 1 año porque según la normativa española, el documento de control administrativo de transporte debe ser conservado durante un período mínimo de 1 año a partir de la fecha de su emisión. Esto se establece en el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) y tiene como objetivo garantizar la trazabilidad y el control de las operaciones de transporte realizadas por las empresas de transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
12 ¿Cuántos ejemplares deben emitirse del documento de control administrativo de transporte?
Cod: 65523
Norma: OM FOM/2861/2012 Art. 8
La emisión de dos ejemplares del documento de control administrativo de transporte es obligatoria según la normativa española de transporte de mercancías por carretera. Uno de los ejemplares debe ser entregado al cargador, quien es responsable de la carga, y el otro debe ser entregado al transportista efectivo, quien es responsable del transporte de la carga. De esta manera, se asegura que ambas partes tengan una copia del documento y puedan verificar la información en caso de ser necesario. Además, el documento también puede ser requerido por las autoridades competentes en cualquier momento durante el transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
13 En el documento de control administrativo, si el transporte lo lleva a cabo un conjunto articulado, ¿qué matrícula debe hacerse constar?
Cod: 65526
Norma: OM FOM/2861/2012 Art. 6
La respuesta correcta no es la que se ha proporcionado en la pregunta. La respuesta correcta a la pregunta sería: "Debe hacerse constar la matrícula del vehículo tractor y la del primer remolque". Esto se debe a que, según la normativa española, en el documento de control administrativo se deben hacer constar los datos del vehículo que realiza el transporte, incluyendo su matrícula. En el caso de un conjunto articulado, se considera que el vehículo tractor es el que realiza el transporte, por lo que su matrícula debe ser la que se haga constar en el documento de control administrativo. Además, también se debe hacer constar la matrícula del primer remolque, ya que es el que está directamente acoplado al vehículo tractor y forma parte del conjunto articulado. En caso de que se produzca un cambio de vehículo
Mercancías: Objetivo 2.2
14 Durante un transporte de mercancías peligrosas, ¿qué documento debe llevare a bordo?
Cod: 65529
Norma: Acuerdo ADR 2021 8.1.2
La respuesta correcta es "Todas las respuestas son correctas" porque durante el transporte de mercancías peligrosas se deben llevar varios documentos a bordo, entre ellos:1. El documento de transporte de mercancías peligrosas (DTMP), que contiene información detallada sobre la carga y las precauciones necesarias para su transporte seguro.2. El certificado de aptitud del conductor, que acredita que el conductor ha superado el examen del CAP y está autorizado para transportar mercancías peligrosas.3. La autorización especial de transporte (AET), que se requiere para transportar ciertos tipos de mercancías peligrosas.4. La hoja de seguridad de la mercancía (HSM), que proporciona información detallada sobre los riesgos asociados con la carga y las medidas de seguridad necesarias para su manipulación y transporte.Por lo tanto
Mercancías: Objetivo 2.2
15 La carta de porte, ¿es un documento obligatorio que debe llevarse a bordo del vehículo durante un transporte de mercancías peligrosas?
Cod: 65530
Norma: Acuerdo ADR 2021 8.1.2
La carta de porte es un documento que contiene información detallada sobre las mercancías peligrosas que se transportan, incluyendo su naturaleza, cantidad, embalaje y precauciones especiales que deben tomarse durante el transporte. Este documento es esencial para garantizar la seguridad de las personas y el medio ambiente durante el transporte de mercancías peligrosas. Por lo tanto, es obligatorio llevar la carta de porte a bordo del vehículo durante todo el transporte para que esté disponible en caso de una inspección o emergencia.
Mercancías: Objetivo 2.2
16 Un documento de identificación con fotografía por cada miembro de la tripulación, ¿es un documento obligatorio que debe llevarse a bordo del vehículo durante un transporte de mercancías peligrosas?
Cod: 65531
Norma: Acuerdo ADR 2021 8.1.2
La razón por la cual es obligatorio llevar un documento de identificación con fotografía por cada miembro de la tripulación a bordo del vehículo durante un transporte de mercancías peligrosas es para garantizar la seguridad y la identificación de las personas que están involucradas en el transporte. En caso de una emergencia o accidente, las autoridades necesitan saber quiénes son las personas que están a bordo del vehículo y si están autorizadas para transportar mercancías peligrosas. Además, el documento de identificación con fotografía también puede ser requerido por las autoridades en los puntos de control durante el transporte. Por lo tanto, es importante que se lleve a bordo durante todo el transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
17 ¿Qué documento debe ir a bordo del vehículo durante un transporte de animales vivos?
Cod: 65532
Norma: RD 542/2016 Art. 9
La respuesta es correcta porque durante el transporte de animales vivos es obligatorio llevar varios documentos a bordo del vehículo, incluyendo el certificado veterinario, el documento de identificación de los animales, el plan de transporte y el permiso de transporte. Todos estos documentos son necesarios para garantizar que el transporte se realiza de manera segura y respetando el bienestar animal. Por lo tanto, todas las respuestas son correctas.
Mercancías: Objetivo 2.2
18 ¿Deben llevar a bordo la autorización del transportista para transporte de animales vivos los vehículos que realicen esta actividad?
Cod: 65536
Norma: RD 542/2016 Art. 9
La respuesta correcta es sí, en todos los casos, porque según la normativa española y europea, los vehículos que transporten animales vivos deben llevar a bordo la autorización del transportista para realizar esta actividad. Esta autorización debe incluir información sobre el tipo de animales que se transportan, la ruta que se va a seguir, las condiciones de transporte y las medidas de seguridad necesarias para garantizar el bienestar de los animales durante el viaje. Además, los conductores que realicen este tipo de transporte deben contar con una formación específica en bienestar animal y deben cumplir con una serie de requisitos para garantizar la seguridad y el bienestar de los animales durante el transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
19 Los vehículos que realizan un transporte de animales vivos, ¿deben llevar a bordo la autorización del medio de transporte para esa actividad?
Cod: 65537
Norma: RD 542/2016 Art. 9
La autorización del medio de transporte para la actividad de transporte de animales vivos es necesaria para garantizar que el vehículo cumple con las normas y requisitos específicos para este tipo de transporte, como la ventilación adecuada, la temperatura adecuada y la disponibilidad de agua y alimento para los animales. En el caso de transportes de más de 8 horas de duración, es especialmente importante garantizar que el vehículo cumple con estos requisitos para evitar el sufrimiento de los animales durante el transporte prolongado. Por lo tanto, es obligatorio llevar la autorización del medio de transporte para esta actividad en estos casos.
Mercancías: Objetivo 2.2
20 En un transporte de animales vivos, debe ir a bordo…
Cod: 65542
Norma: RD 542/2016 Art. 9
La respuesta correcta a esta pregunta puede variar dependiendo del contexto y de la legislación específica de cada país. Sin embargo, en el caso de España, la documentación sobre identificación de los animales es un requisito obligatorio en el transporte de animales vivos, según lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas. Esta documentación debe incluir información sobre la identificación individual de los animales, su estado de salud y cualquier tratamiento médico que hayan recibido. Por lo tanto, es importante que los transportistas de animales vivos lleven consigo esta documentación para garantizar el bienestar de los animales y cumplir con la normativa vigente.
Mercancías: Objetivo 2.2
21 En un transporte de animales vivos, debe ir a bordo…
Cod: 65544
Norma: RD 542/2016 Art. 9
La respuesta correcta no es el documento de movimiento de ganado, sino que en un transporte de animales vivos debe ir a bordo un certificado de aptitud del vehículo y del conductor, así como un plan de transporte que garantice el bienestar de los animales durante el trayecto. El documento de movimiento de ganado es un documento que acompaña a los animales durante su transporte, pero no es lo que se requiere a bordo del vehículo. Es importante que los transportistas de animales vivos cumplan con todas las normativas y requisitos para garantizar el bienestar de los animales y la seguridad en las carreteras.
Mercancías: Objetivo 2.2
22 ¿De qué tipos puede ser la autorización del transportista para llevar a cabo un transporte de animales?
Cod: 65545
Norma: RD 542/2016 Art. 9
La respuesta correcta es porque existen dos tipos de autorización para el transporte de animales: la autorización para viajes de hasta 8 horas de duración y la autorización para todo tipo de viajes. La primera autorización se aplica a los transportes de animales que no superen las 8 horas de duración, mientras que la segunda autorización se aplica a los transportes de animales que superen las 8 horas de duración. Por lo tanto, la respuesta correcta es que la autorización del transportista puede ser para viajes de hasta 8 horas de duración y para todo tipo de viajes.
Mercancías: Objetivo 2.2
23 ¿Porqué causas puede ordenar la Administración la prohibición total o parcial de acceso a partes de una vía?
Cod: 65546
Norma: RDL 6/2015 Art. 18
La Administración puede ordenar la prohibición total o parcial de acceso a partes de una vía por razones de seguridad o fluidez de la circulación para evitar accidentes o congestiones de tráfico que puedan poner en peligro la seguridad de los conductores y peatones. Además, también puede ser necesario para realizar obras o reparaciones en la vía que requieran el cierre temporal de ciertas partes de la misma. En resumen, la prohibición de acceso a partes de una vía se realiza con el objetivo de garantizar la seguridad y la fluidez del tráfico en la zona afectada.
Mercancías: Objetivo 2.2
24 ¿Puede la Administración establecer el uso de carriles en sentido opuesto al normalmente previsto?
Cod: 65550
Norma: RDL 6/2015 Art. 18
La Administración solo puede establecer el uso de carriles en sentido opuesto al normalmente previsto en situaciones de urgencia y seguridad, ya que esto implica un riesgo para la circulación y puede causar accidentes. Por lo tanto, solo se permite en casos excepcionales y con medidas de seguridad adecuadas.
Mercancías: Objetivo 2.2
25 Entre las medidas especiales de circulación establecidas por la DGT de forma habitual se encuentra…
Cod: 65551
Norma: Sin referencia
La respuesta correcta se debe a que la DGT (Dirección General de Tráfico) establece medidas especiales de circulación para garantizar la seguridad vial y reducir la congestión del tráfico en momentos de alta demanda, como en días festivos o en situaciones de emergencia. Una de estas medidas es la restricción de la circulación de vehículos de más de 7,5 toneladas de masa máxima autorizada (MMA) en determinadas carreteras y en ciertos horarios. Esto se hace para evitar la saturación de las vías y reducir el riesgo de accidentes. Además, los vehículos de gran tonelaje pueden causar daños en las carreteras y puentes, por lo que se busca proteger la infraestructura vial.