Mercancías / Objetivo 2.2: Ampliación CAP Mercancías – 12
Mercancías: Objetivo 2.2
1 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?
Cod: 8615
Norma: Convenio CMR Art. 6
La respuesta A es que la carta de porte debe contener la identificación de las partes contratantes y la descripción de la mercancía. La respuesta C es que la carta de porte debe contener la fecha y lugar de entrega de la mercancía. Ambas respuestas son correctas porque el Convenio CMR establece que la carta de porte debe contener información detallada sobre el contrato de transporte, incluyendo la identificación de las partes, la descripción de la mercancía y la fecha y lugar de entrega.
Mercancías: Objetivo 2.2
2 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?
Cod: 8617
Norma: Convenio CMR Art. 6
La respuesta correcta es que todas las respuestas anteriores son correctas porque la carta de porte en un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR debe contener información detallada sobre el remitente, el destinatario, la naturaleza de la carga, el número de bultos, el peso, el valor y las condiciones de entrega, así como cualquier otra información relevante para el transporte seguro y eficiente de la carga. Es importante que la carta de porte sea precisa y completa para evitar problemas y reclamaciones en caso de pérdida, daño o retraso en la entrega de la carga.
Mercancías: Objetivo 2.2
3 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR…
Cod: 8619
Norma: Convenio CMR Art. 7
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que el remitente es responsable de proporcionar información precisa y completa en la carta de porte, y que cualquier inexactitud en esta información puede causar perjuicios al transportista. Por lo tanto, el remitente es responsable de cualquier daño o pérdida que resulte de la inexactitud de la información proporcionada en la carta de porte. Esta responsabilidad se extiende a cualquier persona que actúe en nombre del remitente en relación con el transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
4 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿quién debe facilitar los documentos necesarios para realizar los trámites aduaneros?
Cod: 8621
Norma: Convenio CMR Art. 11
La respuesta correcta es porque el remitente es el responsable de proporcionar la documentación necesaria para el transporte de la mercancía, incluyendo los documentos necesarios para los trámites aduaneros. Además, el remitente es responsable de los perjuicios que puedan surgir debido a defectos en la documentación proporcionada. Esto se establece en el Convenio CMR, que regula el transporte internacional de mercancías por carretera.
Mercancías: Objetivo 2.2
5 En un contrato de transporte de mercancías peligrosas sujeto al Convenio CMR,…
Cod: 8623
Norma: Convenio CMR Art. 22
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que el remitente es responsable de proporcionar información precisa y detallada sobre la naturaleza de las mercancías peligrosas que se transportan. Si el remitente no proporciona esta información, el transportista tiene el derecho de rechazar el transporte de las mercancías peligrosas o de descargarlas y destruirlas en cualquier momento y lugar. Esto se hace para garantizar la seguridad de las personas y el medio ambiente durante el transporte de mercancías peligrosas.
Mercancías: Objetivo 2.2
6 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR,…
Cod: 8625
Norma: Convenio CMR Art. 12
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que el remitente tiene el derecho de cambiar el lugar de entrega previsto en la carta de porte, siempre y cuando se compense al transportista por los gastos adicionales que se le puedan ocasionar. Esto se debe a que el remitente es el propietario de la mercancía y tiene el derecho de decidir dónde quiere que se entregue. Sin embargo, el transportista también tiene derecho a ser compensado por cualquier gasto adicional que se le pueda ocasionar debido a este cambio. Por lo tanto, la respuesta correcta es que el remitente puede cambiar el lugar de entrega previsto en la carta de porte, compensando al transportista por los gastos que se le ocasionen.
Mercancías: Objetivo 2.2
7 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el ejercicio del derecho de disposición por el remitente exige:
Cod: 8626
Norma: Convenio CMR Art. 12
El Convenio CMR es un acuerdo internacional que regula el transporte de mercancías por carretera entre países europeos y algunos países de Asia y África. En este convenio se establecen las obligaciones y responsabilidades de las partes involucradas en el transporte, incluyendo al remitente y al transportista.El derecho de disposición se refiere a la facultad que tiene el remitente de modificar las instrucciones dadas al transportista en relación con el transporte de la mercancía. Para ejercer este derecho, el remitente debe presentar el primer ejemplar de la carta de porte con las nuevas instrucciones dadas al transportista. Esto es necesario para que el transportista tenga conocimiento de las nuevas instrucciones y pueda actuar en consecuencia.Es importante destacar que el ejercicio del derecho de disposición por parte del remitente puede tener implicaciones en la responsabilidad
Mercancías: Objetivo 2.2
8 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si antes de llegar al lugar de entrega se hace imposible cumplir el contrato en los términos acordados:
Cod: 8629
Norma: Convenio CMR Art. 14
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que en caso de que se haga imposible cumplir el contrato en los términos acordados, el transportista debe solicitar instrucciones a quien tenga derecho a disponer de la mercancía. Esto se debe a que el transportista no puede tomar decisiones unilaterales sobre la mercancía y debe actuar de acuerdo con las instrucciones del propietario o consignatario de la carga. Además, esto garantiza que la mercancía se entregue de manera segura y eficiente, y que se respeten los derechos y responsabilidades de todas las partes involucradas en el contrato de transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
9 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si antes de la llegada al destino resulta imposible cumplir el contrato en los términos acordados, ¿puede el transportista vender la mercancía sin recibir instrucciones?
Cod: 8631
Norma: Convenio CMR Art. 16
La respuesta A es correcta porque el transportista puede vender la mercancía si el destinatario no se encuentra disponible para recibirla y no se han dado instrucciones para su almacenamiento o devolución. La respuesta B es correcta porque el transportista puede vender la mercancía si se ha producido un retraso en la entrega y el destinatario no ha dado instrucciones para su almacenamiento o devolución. En ambos casos, el transportista debe notificar al remitente y al destinatario de la venta y del precio obtenido por la mercancía.
Mercancías: Objetivo 2.2
10 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista no debe responder de los daños sufridos por la mercancía cuando pruebe que estos derivan de:
Cod: 8636
Norma: Convenio CMR Art. 17
La respuesta correcta es que todas las respuestas anteriores son correctas porque el Convenio CMR establece una serie de exenciones de responsabilidad para el transportista en caso de daños a la mercancía, y estas exenciones incluyen situaciones como el hecho de que los daños se deban a la naturaleza de la mercancía, a un defecto inherente en la mercancía, a la falta de embalaje adecuado por parte del remitente o a la acción del propio remitente o destinatario de la mercancía. Por lo tanto, si el transportista puede demostrar que los daños se deben a alguna de estas causas, no será responsable de los mismos.
Mercancías: Objetivo 2.2
11 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista quedará libre de responsabilidad cuando pruebe que el daño de la mercancía ha podido derivar de:
Cod: 8637
Norma: Convenio CMR 17; Convenio CMR 18
La respuesta A es "un defecto inherente a la mercancía", lo cual significa que el daño fue causado por un problema con la propia mercancía y no por la negligencia del transportista. La respuesta C es "un hecho que no podía ser evitado", lo cual significa que el daño fue causado por un evento imprevisible e inevitable, como un desastre natural. Ambas respuestas son válidas porque en el Convenio CMR se establece que el transportista no será responsable por daños causados por estos factores.
Mercancías: Objetivo 2.2
12 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista quedará libre de responsabilidad cuando pruebe que el daño de la mercancía ha podido derivar:
Cod: 8638
Norma: Convenio CMR 17; Convenio CMR 18
La respuesta correcta se basa en el artículo 17.2 del Convenio CMR, que establece que el transportista no será responsable por la pérdida o daño de la mercancía si puede probar que el daño se debió a una de las siguientes causas:- Defectos inherentes a la mercancía.
- Vicio propio de la mercancía.
- Actos u omisiones del cargador o del destinatario.
- Hechos de terceros que el transportista no pudo evitar ni prever.
- Circunstancias que el transportista no pudo evitar ni prever, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.En el caso de la pregunta, la respuesta correcta es la inexactitud de las marcas de los bultos, ya que esto puede llevar a que la mercancía sea entregada en el lugar equivocado o a la persona equivocada
Mercancías: Objetivo 2.2
13 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿cuándo puede el propietario de la mercancía considerarla perdida sin necesidad de ninguna prueba?
Cod: 8641
Norma: Convenio CMR Art. 20
La respuesta correcta se basa en el artículo 23 del Convenio CMR, que establece que si la mercancía no ha sido entregada en el plazo convenido, el destinatario puede considerarla perdida sin necesidad de ninguna prueba después de transcurridos treinta días desde la fecha en que el transportista debió haber entregado la mercancía. Esto se debe a que el plazo de treinta días se considera suficiente para que el destinatario pueda tomar medidas para recuperar la mercancía o reclamar una indemnización por su pérdida.
Mercancías: Objetivo 2.2
14 ¿Quién expide los certificados de conductor de tercer país?
Cod: 8647
Norma: OM FOM/3399/2002 Art. 2
La respuesta correcta a esta pregunta no es Las Comunidades Autónomas, sino la Dirección General de Tráfico (DGT). La DGT es el organismo encargado de expedir los certificados de conductor de tercer país en España. Las Comunidades Autónomas pueden tener competencias en materia de transporte, pero no en la expedición de este tipo de certificados.
Mercancías: Objetivo 2.2
15 ¿Qué conductores necesitan un certificado de conductor de tercer país para conducir un camión de una empresa española?
Cod: 8651
Norma: OM FOM/3399/2002 Art. 1
Porque los ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Noruega y Liechtenstein tienen derecho a conducir en España con su permiso de conducir nacional, sin necesidad de obtener un certificado de conductor de tercer país. Sin embargo, los conductores de países que no pertenecen a la UE, Islandia, Noruega o Liechtenstein necesitan obtener un certificado de conductor de tercer país para poder conducir un camión de una empresa española. Esto se debe a que estos conductores no tienen los mismos derechos de conducción que los ciudadanos de la UE y deben cumplir con ciertos requisitos adicionales para poder conducir en España.
Mercancías: Objetivo 2.2
16 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR…
Cod: 8656
Norma: Convenio CMR Art. 24
La respuesta correcta se debe a que el Convenio CMR establece que la responsabilidad del transportista por pérdida, daño o retraso en la entrega de la mercancía está limitada a 8,33 unidades de cuenta por kilogramo de peso bruto de la mercancía afectada. Sin embargo, el remitente tiene la opción de declarar un valor superior en la carta de porte y, en ese caso, el límite de responsabilidad del transportista se ajustará al valor declarado. Esto permite al remitente asegurar la mercancía por un valor mayor y protegerse en caso de pérdida o daño durante el transporte.
Mercancías: Objetivo 2.2
17 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR…
Cod: 8657
Norma: Convenio CMR Art. 26
La respuesta es correcta porque el Convenio CMR establece que el remitente puede declarar en la carta de porte una suma en concepto de interés especial en la entrega, que se sumará a la indemnización por pérdida o daño de la mercancía en caso de que se produzca. Esta suma adicional se considera una indemnización por los daños y perjuicios que pueda sufrir el remitente en caso de que la mercancía no sea entregada en el plazo acordado o en las condiciones establecidas en el contrato de transporte. Por lo tanto, el remitente tiene la posibilidad de protegerse ante posibles pérdidas o daños en el transporte de sus mercancías.
Mercancías: Objetivo 2.2
18 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, se considera que hay demora en la entrega de la mercancía:
Cod: 8659
Norma: Convenio CMR Art. 19
La respuesta correcta es si la entrega no se produce en el plazo convenido porque el Convenio CMR establece que el transportista debe entregar la mercancía en el plazo acordado en el contrato de transporte. Si no se cumple este plazo, se considera que hay una demora en la entrega de la mercancía y el transportista puede ser responsable de los daños y perjuicios que se deriven de esta demora. Por lo tanto, es importante que el plazo de entrega se acuerde claramente en el contrato de transporte para evitar posibles conflictos y reclamaciones.
Mercancías: Objetivo 2.2
19 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿contra quién se puede dirigir una reclamación por pérdida de la mercancía?
Cod: 8667
Norma: Convenio CMR Art. 36
La respuesta A es correcta porque el cargador puede dirigir la reclamación contra el primer transportista que haya recibido la mercancía y haya firmado el conocimiento de embarque CMR. La respuesta B es correcta porque el cargador también puede dirigir la reclamación contra el último transportista que haya entregado la mercancía al destinatario y haya firmado el conocimiento de entrega CMR. En ambos casos, los transportistas que hayan intervenido en el transporte también pueden ser responsables en función de su grado de participación en la pérdida de la mercancía.
Mercancías: Objetivo 2.2
20 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿contra quién se puede dirigir una reclamación por pérdida de la mercancía?
Cod: 8668
Norma: Convenio CMR Art. 36
La respuesta correcta es "Todas las respuestas anteriores son correctas" porque en un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el cargador puede dirigir una reclamación por pérdida de la mercancía contra cualquier transportista que haya participado en el transporte, ya sea el primer transportista o el último. Además, el cargador también puede dirigir la reclamación contra el transportista que haya emitido el conocimiento de embarque CMR. Por lo tanto, todas las respuestas anteriores son correctas.
Mercancías: Objetivo 2.2
21 En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿en qué plazo debe manifestar sus reservas el destinatario en caso de que existan pérdidas ocultas?
Cod: 8673
Norma: Convenio CMR Art. 30
La respuesta correcta es en el plazo de siete días, descontados domingos y festivos, porque así lo establece el Convenio CMR (Convención sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera), en su artículo 32. Este plazo se cuenta a partir del día siguiente a la entrega de las mercancías al destinatario o a su representante. Si el destinatario no realiza ninguna reserva en este plazo, se considera que ha recibido las mercancías en buen estado y no podrá reclamar posteriormente por pérdidas ocultas.
Mercancías: Objetivo 2.2
22 ¿En qué plazo se han de interponer las reclamaciones derivadas de un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR?
Cod: 8675
Norma: Convenio CMR Art. 32
La respuesta correcta es en un año porque el Convenio CMR establece en su artículo 32 que cualquier acción derivada de un contrato de transporte internacional de mercancías por carretera deberá ser interpuesta en un plazo máximo de un año a partir de la fecha de entrega de las mercancías o de la fecha en que debió haberse efectuado la entrega. Este plazo es de carácter imperativo y no puede ser modificado por las partes del contrato.
Mercancías: Objetivo 2.2
23 ¿Cuál de las siguientes se considera mercancía de la Unión a efectos aduaneros?
Cod: 8678
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013 Art. 5
La respuesta correcta es la obtenida totalmente en el territorio aduanero de la Unión porque la mercancía de la Unión se refiere a cualquier mercancía que se encuentre en el territorio aduanero de la Unión y que no esté sujeta a medidas de política comercial o de otra índole que restrinjan su libre circulación. Por lo tanto, cualquier mercancía que se haya obtenido totalmente dentro del territorio aduanero de la Unión se considera mercancía de la Unión a efectos aduaneros.
Mercancías: Objetivo 2.2
24 ¿Cuál de las siguientes se considera mercancía no perteneciente a la Unión a efectos aduaneros?
Cod: 8681
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013 Art. 5
La respuesta correcta se debe a que la Unión Europea es un territorio aduanero único, lo que significa que las mercancías que se encuentran dentro de la Unión se consideran mercancías comunitarias y no están sujetas a controles aduaneros. Sin embargo, cuando una mercancía de la Unión sale del territorio aduanero de la Unión, se considera que ha abandonado el territorio comunitario y, por lo tanto, se convierte en una mercancía no perteneciente a la Unión a efectos aduaneros.
Mercancías: Objetivo 2.2
25 ¿Qué consideración tiene, a efectos aduaneros, una mercancía obtenida totalmente en Melilla?
Cod: 8682
Norma: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013 4; Reglamento Comunitario (UE) 952/2013 5
La razón por la cual una mercancía obtenida totalmente en Melilla se considera no perteneciente a la Unión a efectos aduaneros es porque Melilla es una ciudad autónoma española situada en el norte de África, y por lo tanto, no forma parte del territorio aduanero de la Unión Europea. Aunque Melilla es parte de España, se encuentra fuera de la Unión Aduanera, lo que significa que las mercancías que se producen o se importan en Melilla no se consideran mercancías comunitarias y están sujetas a controles aduaneros y fiscales especiales.